EL reglamento 006-in contradice la Ley 29954 en años de duración de licencia

Iniciado por Veloz, 17 de Junio de 2013, 09:37:25 PM

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Veloz

Estimados amigos,

Como seguro ya saben.

EL reglamento 006-in de abril de 2013, contradice la Ley 29954 de diciembre de 2012, en años de duración de licencia

Entonces tal vez podemos hacer alguna medida contra el reglamento, sino fuera posible la inconstitucionalidad de la Ley.

Gracias
Veloz

chotano

Si alguien tiene una Resolución éstas se pueden impugnar, hay que buscar que nos emitan una resolución cuando alguien proteste sobre el reglamento como esta contradición nos emiten una resolución  y se procede a impugnarla, podría ser una solución.

CarlosR1

Y las donaciones para la acción de inconstitucionalidad? Hy algo nuevo respecto a esto?

jcc2

Cita de: Veloz en 17 de Junio de 2013, 09:37:25 PM
Estimados amigos,

Como seguro ya saben.

EL reglamento 006-in de abril de 2013, contradice la Ley 29954 de diciembre de 2012, en años de duración de licencia

Entonces tal vez podemos hacer alguna medida contra el reglamento, sino fuera posible la inconstitucionalidad de la Ley.

Gracias
Veloz

Lamentablemente la informacion del amigo Veloz esta equivocada...

La reduccion del plazo de validez de las licencias de 5 años a 1 año fue hecha en el DL 1127 promulgado el 6 de de diciembre de 2012 (publicado en el DOEP el 7/12/2012) en su en su Octava Disposicion Complementaria Transitoria y hace obligatoria la inscripcion del arma en el Sistema IBIS de la PNP:

" ...
"OCTAVA.- Registro en el Sistema de Identificación Balística

A partir de la vigencia del presente Decreto Legislativo,
toda licencia para portar armas de fuego de uso civil,
será otorgada o renovada por el periodo de un año
calendario, previa inscripción en el Registro del Sistema
de Identifi cación Balística de la Policía Nacional del Perú,
sin cuyo requisito no se concederá o renovará la licencia"

Este ultimo requisito (registro en Sistema IBIS) no esta siendo aplicado, por el momento. por la SUCAMEC al no estar implementado a la fecha el mencionado sistema.

Pero no perdamos la esperanza... La lucha continua!

JCC2

1800cc

Otro detalle que observé en la licencia recientemente renovada de un amigo aquí en AQP es que en el reverso donde dice ADVERTENCIAS, en el punto 2dice: ".........La licencia es válida por 2 años y su renovaci..................."
me pregunto eso no tendrá nada que ver?
Saludos