Reglamento de Publicidad y Avisos clasificados.

Iniciado por SinLey, 21 de Noviembre de 2008, 08:36:42 PM

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SinLey

Reglamento de Publicidad y Publicacion en la seccion Clasificados del Foro


Normas Generales

Para poder postear en esta seccion deben tener un minimo de 20 posts en el foro y haberse presentado previamente.

Cualquier post que sea considerado inadecuado, o que contravenga a las normas de nuestro foro sera eliminado sin necesidad de comunicacion previa a su autor.

Este foro no es un espacio de venta, compra o intercambio de Armas y o conexos, los usuarios que deciden publicar avisos sobre la venta de sus armas y o equipos lo hacen bajo responsabilidad propia, eximiendo a los propietarios del foro y a sus administradores de cualquier responsabilidad.

Los usuarios que postean en esta seccion declaran que los articulos que ofrecen cuentan  con su debida documentacion. son de su propiedad y la venta del mismo se realiza bajo responsabilidad propia.

No se puede poner mas de un Post por un articulo ofrecido, los post adicionales serán eliminados.

El Anunciante podra reactualizar su post unicamente una vez por semana.

Si el articulo ofrecido ya se ha vendido, el usuario debe informarlo al moderador del foro para que el aviso sea eliminado o bloqueado.

No esta permitido colocar post/anuncios por encargo, vale decir si el anuncio que se publica es referente a algo que no es de su propiedad sera eliminado.

Si se constata que el anunciante hizo la publicación por encargo, sera suspendido por 30 dias.

Todo anuncio sobre venta del arma de propiedad de un uausrio sera sustentado con el envio de un correo electronico a la administración del foro, con la copia de la licencia del arma en publicacion, caso contrario el aviso sera eliminado y el usuario suspendido.

Queda terminantemente prohibido los avisos sobre compra de armas, sin la previa autorizacion del administrador de la web.

Queda terminantemente prohibido la oferta sobre municiones de cualquier tipo, salvo que la persona ofertante sea representante de una casa comercial autorizada por la DICSCAMEC y debidamente autorizado por la administracion del foro.


Base legal

Ley 25054 Arts, 27 Inc. 5,

RESOLUCION MINISTERIAL
  No 1032-98-IN/0101
TABLA DE INFRACCIONES



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