Procedimiento de Intervencion de la Policia Nacional del Perú.

Iniciado por LeinadMR, 18 de Enero de 2013, 05:42:24 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

LeinadMR

Amigos:
En vista de como están las cosas actualmente y ante el desconocimiento de la mayoría de nosotros de cuales son los procedimientos policiales legales, es que me puse a buscar y encontré la siguiente información por partes, lo que no se si esta información esta actualizada y si es o no real, pero pienso que al ser portadores legales y siendo la legalidad nuestra mejor defensa, es que les solicito me ayuden a contrastar este documento para beneficio de todos:



PROCEDIMIENTO DE INTERVENCIÓN POLICIAL (POV)      
Procedimiento del Personal Policial interviniente

Intervención Policial En Caso De Faltas:  

A. Faltas contra la Vida, el Cuerpo y la Salud
1. Lesiones Leves:
a. Auxilio y atención a los heridos.
b. Detención del autor (es).
c. Registro preliminar de los participantes, para determinar a portar armas, instrumentos u objetos que puedan haber sido utilizadas en el hecho y su incautación.
d. Citación de los testigos, parte agraviada.
e. Acta de incautación de los instrumentos u objetos empleados.
f. Formular el Parte de Ocurrencias.

B. Faltas contra el Patrimonio.
Constituidas por dañar una cosa perteneciente a otro o apoderarse una cosa mueble o parcialmente ajena mediante destreza, astucia o abuso de confianza, es decir: Explotar la credulidad ajena, consumir y no pagar, juegos prohibidos y daños a la propiedad.  En estos casos se procederá:
1. Constatar o verificar el hecho.
2. Efectuar una inspección técnico policial con la finalidad de establecer la pre-existencia del objeto robado, daños causados a la propiedad o elementos de juicio que determinan la comisión de la infracción con su correspondiente incautación.
3. Identificación, búsqueda, captura y registro personal de los sospechosos y denunciados.
4. Levantar Acta de decomiso en caso necesario de las pruebas materiales.
5. Detención del autor y/o autores.
6. Citar a los agraviados testigos, etc.
7. Formular el parte de ocurrencia respectivo.

C. Faltas contra las Buenas Costumbre
1. En caso de ofensa pública al pudor de una persona, con proposiciones deshonestas, palabras o cantos obscenos se procederá a:
a. Llamar la atención al infractor, para que cese sus actos.
b. Detención del autor.
c. Identificar y citar al agraviado (a) a la Comisaría del lugar.
d. Formular el parte de Ocurrencia, poniendo a disposición al infractor y las pruebas si las hubiera.

2. En caso de exhibiciones contrarias a la decencia pública, se procederá a:
a. Constatar el hecho.
b. Identificar al artista, si se trata de un espectáculo público, comunicándole pata que cese de efectuar actos obscenos.
c. Citar al artista.
d. De persistir con los actos obscenos, el infractor y de existir protestas del público detenerlo.
e. Citar al administrador o conductor del establecimiento.
f. Solicitar la licencia del local y la autorización para el espectáculo.
g. Si es extranjero, solicitare su pasaporte, Carnet de Extranjería y Visa para permanecer en el país.
h Formular el Parte de Ocurrencias

3. Cuando encuentre en la vía pública a una persona en estado de ebriedad, procederá a:
a. Identificar al ebrio y de ser posible conducirlo a su domicilio.
b. Dar un trato amable y no discutir con la persona que se encuentra en estado de ebriedad.
c. Indagar en el vecindario para determinar si se trata de un ebrio habitual.
d. De ser posible comunicar el hecho a un familiar o un amigo del ebrio; Conducirlo a un centro asistencial de emergencia, si su estado de intoxicación lo requiere.
e. Conducirlo a la dependencia de la PNP para evitarle riesgos que cause algún desorden.
d. Formular el Parte de Ocurrencia.

4. En caso que se cometiera actos de crueldad contra un animal en la vía pública, se procederá a:
a. Comunicar al infractor para que deponga su actitud.
b. Caso de no ser atacado, procederá a detenerlo y ponerlo a disposición de la dependencia policial.
c. Formular el Parte de Ocurrencia de Calle.

D. Faltas contra la Seguridad General (art. 392 del C.P.)
1. Arrojar a la calle, agua u objetos que pueden causar daño. El efectivo Policía Nacional procederá a:
a. Constatar la infracción.
b. Identificar al autor (es)
c. Conminar al infractor para que deponga su actitud.
d. Citar a la Comisaría del lugar al infractor y los agravios si los hubiere.


2. Apagar arbitrariamente el alumbrado público El efectivo Policía Nacional procederá a:
a. Identificar al autor de ser posible.
b. Comunicar a la empresa de servicios eléctricos para que restablezca el alumbrado.
c. De ser necesario intensificar la vigilancia para evitar atentados contra el patrimonio.
d. Investigación preliminar para determinar los móviles, cómplices, testigos, etc.
e. Citar al infractor.
f. Formular el Parte de Ocurrencia.

3. Dejar un animal en la vía pública omitiendo precauciones El efectivo Policía Nacional procederá a:
a. Identificar al infractor y requerido para que adopte las precauciones necesarias con respecto al animal
b. De existir lesiones, presentarles el auxilio necesario y su correspondiente citación.
c. De haber causad al animal daños personales o materiales citar al dueño del animal.
d. Formular el Parte de Ocurrencias.

4. Dejar escombros u otro material omitiendo precauciones. El efectivo Policía Nacional procederá a:
a. Notificar a los propietarios o encargados de la obra a fin de que retiren, cubran o adopten las medidas de seguridad necesarias para hacer desaparecer el peligro.
b. Caso de ser habida la persona indicada, tomará personalmente estas medidas, indicando en el documento que formule la responsabilidad consiguiente.
c. Si se hubiere producido daños materiales o físicos, citará a los agraviados a la dependencia policial.
d. Citación del personal responsable.
e. El Efectivo PNP deberá:

5. Descuidar la reparación o demolición de edificios que amenacen ruina.El efectivo Policía Nacional procederá a:
a. Identificar al propietario y/ ocupante.
b. Notificar al propietario y/o ocupante.
c. Formular el Parte de Ocurrencias.

E. Faltas contra el Orden Público
El efectivo Policía Nacional procederá a:
1. Alterar el orden en reuniones o espectáculos públicos:
a. Constatación o verificación del hecho.
b. Determinación de las formas y circunstancias en que se produjo, así como posibles alcances y el objetivo perseguido.
c. Estado de ecuanimidad de los protagonistas.
d. Grado de instrucción y edad de los infractores.
e. Citación de las partes.
f. Formular el Parte de Ocurrencias.
(En caso de no acatar la disposición policial, se les conducirá a la Comisaría a los infractores).

2. Arrancar Aviso o Publicaciones Oficiales
El efectivo Policía Nacional procederá a:
a. En caso de que una persona arranque avisos o publicaciones oficiales:
1. Identificar al infractor
2 Retener el aviso o publicación arrancada como evidencia.
3 Efectuar una investigación preliminar para determinar los móviles, entrevistando a los autores, testigos, etc.
4 Remitir a los autores a la Comisaría del lugar, por falta contra el Orden público.
5 Formular el Parte de Ocurrencias.
b. En caso de constatar la existencia de avisos o publicaciones obscenas
1 Identificar al infractor
2 Comunicarle para que retire la publicación o aviso obsceno.
3 Efectuar la investigación preliminar para determinar la procedencia de los visos, así como los autores, cómplices, testigos, etc.
      4 Remitir a los responsables a la Comisaría, por faltas contra las buenas Costumbres.
5 Formular el Parte de Ocurrencias.

3. Disparar un arma de fuego en la calle o reuniones públicas
a. Verificar el hecho
b. Identificar al autor
c. Incautar el arma.
d. Formular el Acta de Decomiso del Arma y Municiones, aún cuando tenga la licencia correspondiente.
e. Realizar investigación preliminar para determinar la forma y circunstancias del hecho.
f. Entrevistar testigos y parte agraviada si lo hubiera, citándolos a la Comisaría del lugar.
g. Verificar estado de ecuanimidad de los participantes.
h. Conducción del autor a la Comisaría del lugar.
i. Formular el Parte de Ocurrencias.
j. En casos de heridos se les conducirá al Centro Asistencial más cercano.  



PROCEDIMIENTO DE INTERVENCIÓN POLICIAL (POV)      
Procedimiento del Personal Policial interviniente

En Caso De Accidentes De Tránsito  

Cuando el personal de la PNP, tenga conocimiento e intervenga en un accidente de tránsito, e el que solamente se haya producido:
A. DAÑOS MATERIALES, formulará el PARTE DE OCURRENCIA, consignando los siguientes datos:
1. Lugar, día y hora del accidente.
2. Características y placas de los vehículos.
3. Nombre y domicilio de los conductores.
4. Clase, categoría, número, fecha de expedición y restricciones de las licencias de conducir de los conductores.
5. Nombre y domicilio de los propietarios de los vehículos.
6. Sentido de circulación que seguían los vehículos antes del accidente, utilizando para el efecto los puntos cardinales.
7. Posición en que quedaron los vehículos después del accidente, ubicándolos mediante un punto de referencia.
8. Daños materiales y desperfectos que presenten los vehículos.
9. Evidencias encontradas (fragmentos de vidrio, de pintura, huellas de frenada, etc).
10. Condiciones climatológicas, en el momento del accidente.
11. Dispositivo de control de tránsito en el área del accidente (semáforos, marcas, etc).
12. Solicitar a los participantes en el accidente acompañarlo a la Dependencia Policial de la jurisdicción junto con los vehículos, en donde hará entrega del Parte de Ocurrencia formulado, juntamente con la Tarjeta de Propiedad y Licencia de Conducir de los conductores, para la verificación respectiva.
13. Las actividades conexas a efectuarse inmediatamente producido el accidente, será:
a. Aislamiento de la zona para evitar, que el hecho se agrave o se produzca congestionamiento.
b. Levantamiento de un croquis, que más tarde dará lugar a la confección del Diagrama a Escala.
c. Toma de fotografías, e caso de contar con los medios necesarios.
d. Restablecimiento de la fluidez vehicular.
e. Traslado de los vehículos a la Dependencia Policial.

B. LESIONES LEVES O GRAVES:
1. Prestará auxilio a los heridos
2. Formular el Parte de Ocurrencia i Intervención, consignando los siguientes datos:
a. Lugar y hora del accidente.
b. Clase y número de los vehículos.
c. Nombre y domicilio de los conductores.
d. Clase, número y fecha de expedición de las licencias de conducir de los conductores.
e. Nombre y domicilio de los propietarios de los vehículos.
f. Sentido de circulación que seguían los vehículos antes del accidente, y el peatón (en caso de atropello), utilizando para el efecto los puntos cardinales.
g. La condición de la víctima en su situación de peatón, conductor o pasajero.
h. Posición en que quedaron los vehículos después del accidente, ubicándolos mediante un punto de referencia.
i. Las lesiones que haya sufrido las víctimas y los daños de los vehículos.
j. Evidencias encontradas (fragmentos de vidrio, de pintura, huellas de frenada, etc.).
k. Condiciones climatológicas en el momento del accidente.
l. Dispositivos de control de tránsito en el área del accidente: Semáforos, marcas, etc.
m. Datos referente a la vía: iluminación, visibilidad, fluidez, intensidad, etc.

3. Solicitar a los participantes en el accidente acompañarlo a la Dependencia Policial de la jurisdicción junto con los vehículos, en donde hará entrega del Parte de Ocurrencia formulado, juntamente con la Tarjeta de Propiedad y Licencia de Conducir de los conductores, para la verificación respectiva, precisando la vigencia del SOAT.
4. Teniendo prioridad el auxilio de las víctimas se realizarán actividades conexas en forma inmediata, entre otros:
a. Aislamiento de la zona para evitar que el hecho se agrave o se produzca congestionamiento.
b. Levantamiento de un croquis, que mas tarde dará lugar a la confección del Diagrama a Escala.
c. Toma de fotografías, en caso de contar con los medios necesarios.
d. Restablecimiento de la fluidez vehicular.
e. Traslado de los vehículos a la Dependencia Policial, previo marcado de las posiciones finales, utilizando para ello tiza blanca o pintura.

C. MUERTE
1. Los cadáveres serán cubiertos por los medios más rápidos.
2. Identidad de los fallecidos.
Y toda la secuencia descrita entre los numerales 2 al 4 del punto que antecede.



PROCEDIMIENTO DE INTERVENCIÓN POLICIAL (POV)      
Procedimiento del Personal Policial interviniente

Casos Especiales

A. Vehículos de diplomáticos. Cuando un Diplomático o sus familiares causan un accidente de tránsito con daños materiales, lesiones personales o muerte se procederá a:
1 Emplear un lenguaje cortes, acorde con su investidura.
2 Identificar al conductor, tomando nota de su documento de identidad, nombre y embajada a la que pertenece.
3 Dar aviso del accidente por los medios más rápidos a la Comisaría.
4 Seguir en lo pertinente el procedimiento señalado de acuerdo a la clase de accidente.
5 Hacerle conocer al diplomático (o su familia) que no esta obligado a concurrir a la Comisaría, salvo que voluntariamente deseara hacerlo, ya que toda diligencia policial será canalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
6 Formular el Parte de Ocurrencia, detallando las circunstancias, sin poner a de la Delegación PNP al conductor ni al vehículo.

B. Vehículos del estado o de entidades para estatales:
1. Dar aviso a la entidad o dependencia a que pertenezcan los vehículos y conductores.
2. Seguir el procedimiento prescrito para los accidentes según corresponda.

C. Vehículos militares y de la PNP.
1. Dar aviso a la entidad o dependencia a que pertenecen los vehículos y conductores.
2. Actuar con cortesía y ponderación, en todos los casos.
3. En caso de que resulten daños personales se seguirá el procedimiento prescrito para este tipo de accidentes, observando además: conducir al personal militar y policial lesionado, de ser posible a sus respectivos nosocomios. Seguir el procedimiento prescrito para los accidentes según corresponda.
4. Anotar su identidad o Unidad donde presten servicios.
5. El personal civil que resulte lesionado será conducido al hospital o centro de asistencia más próximo.

D. Vehículos de exhibición.
1. Identificar al conductor del vehículo.
2. Solicitar la autorización expedida por la respectiva Oficina de Transporte Terrestre.
3. Verificar que el vehículo esté premunido de la correspondiente placa de exhibición.
4. De carecer de autorización o placa de exhibición, remitirlo conjuntamente con el conductor a la Comisaría PNP de la jurisdicción.



PROCEDIMIENTO DE INTERVENCIÓN POLICIAL (POV)      
Procedimiento del Personal Policial interviniente

En Caso De Delitos  

A. Delitos Contra El Honor
En los casos de:
- Calumnia.
- Difamación.
- Injuria.
Se orientará a los denunciantes a que se hagan su denuncia ante las autoridades judiciales pertinentes.


B. Delitos Contra El Patrimonio
1. Robo (Cuando se emplea arma de fuego y violencia sobre la víctima y/o propiedades)
a. Identificación del denunciante.
b. Inspección ocular.
c. Anotar las características de los objetos robados.
d. Preservar las evidencias encontradas.
e. Tratar de establecer la identidad de los autores.
f. Detención de los autores del caso de delito flagrante.
g. Auxiliar a los heridos, que resulte como producto de hacer puesto resistencia a la acción.
h. Incautar las armas y otros instrumentos encontrados.
i. Realizar las investigaciones preliminares.
j. Formular el parte de ocurrencias.

2. Hurto (Cuando se emplea la violencia a la propiedad y participan más de dos personas)
a. Identificar al denunciante
b. Inspección ocular
c. Anotar las especies robadas
d. Tratar de establecer la identidad de los autores
e. Detención del/los autores en caso de flagrancia
f. Formular el Parte de Ocurrencia

3. Asalto Y Robo A Personas
a. Intervenir enérgicamente, haciendo uso de su arma de ser necesario.
b. Capturar a los autores, efectuando el registro correspondiente.
c. De producirse la fuga, retener las características, persiguiéndolo haciendo uso de su arma en forma reglamentaria.
d. Incautar las armas y evidencias recuperando el dinero robado y especies.
e. Auxiliar a las victimas si es necesario.
f. Si se ha utilizado un vehículo para perpetrar el delito tomar el número de la placa y las características del mismo.
g. Comunicar a la dependencia policial respectiva.
h. Formular el parte correspondiente.

4. Estafas En el caso de que con nombre supuesto, falsos títulos, abuso de confianza, aparentando bienes empresas, se procederá:
a. Identificar al denunciado.
b. Determinar la modalidad empleada (tómbolas, cuento de la cascada, etc.)
c. Incautar los instrumentos empleados y otras evidencias.
d. Investigación preliminar.
e. Detener a los responsables.
f. Formular el parte de Ocurrencias.

5. Usurpación
a. Usurpación de inmuebles
1 Identificar al denunciado.
2 Solicitar la presentación de documentos que acrediten su derecho o condición al poseedor.
3 Tomar nota de la ubicación de extensión del inmueble.
4 Garantizar al poseedor.
5 Identificar a los testigos.
6 Incautar evidencias si las hubieran.
7 Formular el Parte de Ocurrencia.

b. De Predios Urbanos y Rústicos
1 Constituirse al lugar de los hechos.
2 Consignar la fecha y hora de la invasión.
3 Obtener datos sobre el propietario o poseedor del terreno.
4 Determinar su ubicación y expansión, precisar el numero de personas que se encuentran (hombres – mujeres- niños).
5 Indagar sobre la identidad de dirigentes o promotores de la invasión y motivos aducidos.
6 Comunicar de inmediato a la dependencia policial.
7 No proceder al desalojo por instigación de los interesados.
8 Formular el parte de Ocurrencia.

6. Daños
a. Establecer si este ya se ha efectuado y si continua
b. Si continúa disponer y conminar al responsable para que acabe con dicha situación a actuar para que finalice este hecho.
c. Realizar una inspección para determinar los daños causados.
d. Verificar quien es propietario o poseedor del bien.
e. De estar presente el autor8s) proceder a su detención si el hecho es doloso y flagrante, caso contrario indagar y dejar establecido quienes fueron los autores.
f. Realizar la investigación preliminar.
g. Citar testigos.
h. Formular el parte de Ocurrencias.


C. Delitos Contra La Vida, El Cuerpo Y La Salud

1. Homicidio
a. En caso de flagrante delito:
1 Procede de inmediato a la captura de autor(es).
2 Comunicar a la Comisaría, para dar aviso al Fiscal de Turno
3 Procurar identificar a la víctima.
4 Identificar a los testigos.
5 Cubrir el cadáver hasta la llegada del Fiscal de Turno
6 Incautarse del instrumento del delito y demás pruebas.
7 Formular el Parte de Ocurrencias.

b. En caso no Flagrante Delito
1 Constituirse al lugar del hecho.
2 Comunicar a la Comisaría, para que den aviso a las autoridades pertinentes.
3 Procurar identificar a la víctima.
4 Cubrir y proteger a la víctima.
5 Aislar el lugar protegiendo la escena del delito.
6 Incautar y preservar las evidencias.
7 Llevar a cabo la investigación preliminar.
8 Permanecer en el lugar hasta ser relevado o se ordene el levantamiento del cadáver.
9 Desviar el tránsito si es necesario.
10 Formular el Parte de Ocurrencias.

2. Aborto
a. En caso de flagrante delito proceda a la detención del autor(es).

b. En caso de no flagrante delito, seguir con el procedimiento que a continuación se indica:
1 Constituirse al lugar del hecho.
2 Identificar a la víctima.
3 Trasladar a la parturienta a una clínica o lugar asistencial.
4 Reunir pruebas o evidencias.
5 Realizar las averiguaciones del caso.
6 Formular el parte de Ocurrencias

3. Lesiones
a. En caso de fragante delito:
1 Detención del autor(es).
2 Auxilio de la víctima.
3 Incautación de instrumentos y evidencias.
4 Formulación del parte de Ocurrencias.

b. En caso de no flagrante delito:
1 Constituirse al lugar del hecho.
2 Incautar los instrumentos utilizados y evidencias.
3 Realizar la investigación preliminar, determinando circunstancias, citando testigos, etc.
4 Auxiliar a la víctima.
5 Identificar al autor y preceder a su detención si es posible.
6 Formular el parte de Ocurrencias.

4. Riña
a. Restablecer el orden en el lugar de la riña.

b. Auxiliar a los heridos.

c. Detener a los participantes, solicitando refuerzos de ser necesarios.

d. De haberse suscitado la riña en el interior de un establecimiento, tener en cuenta lo siguiente:
1 Citación del dueño del establecimiento.
2 Anotar los daños materiales causados.
3 Tener siempre el procedimiento en caso de homicidio o lesiones.
4 Formular el Parte correspondiente poniendo a disposición los detenidos, armas, y evidencias.

5. Exponer O Abandonar Personas En Peligro
a. Auxiliar a la víctima conduciéndola, a un lugar asistencial.
b. Practicar la investigación policial.

c. Realizar la investigación preliminar para determinar las circunstancias y los responsables de ser posible
detener a los autores del hecho.

d. Formular el parte de Ocurrencias.


Como les dije anteriormente, no soy abogado y no se si estos procedimientos estarán actualizados, pero si se que debemos de conocer mínimo nuestros derechos y deberes para mantenernos de esa manera en la legalidad y el buen actuar.
Saludos cordiales

Mandragora

Se agradece tan importante aporte compañero, pero como estan las cosas y con tanto requisito para portar un arma hoy por hoy el que presenta una licencia ya esta a un paso de la Canonización y por lo pronto demuestra ser mas decente que la autoridad que se la requiere jajjaja. Un abrazo

cacciatore


Giova

Cita de: LeinadMR en 18 de Enero de 2013, 05:42:24 PM
Amigos:
En vista de como están las cosas actualmente y ante el desconocimiento de la mayoría de nosotros de cuales son los procedimientos policiales legales, es que me puse a buscar y encontré la siguiente información por partes, lo que no se si esta información esta actualizada y si es o no real, pero pienso que al ser portadores legales y siendo la legalidad nuestra mejor defensa, es que les solicito me ayuden a contrastar este documento para beneficio de todos:

Como les dije anteriormente, no soy abogado y no se si estos procedimientos estarán actualizados, pero si se que debemos de conocer mínimo nuestros derechos y deberes para mantenernos de esa manera en la legalidad y el buen actuar.
Saludos cordiales

Por favor hay que leer bién el post.

Si por favor en el foro hay un policia en actividad o un abogado penalista , para que nos dé mayores luces al respecto.

Bendiciones.
Dios te ama

baikalfull

3. Disparar un arma de fuego en la calle o reuniones públicas
a. Verificar el hecho
b. Identificar al autor
c. Incautar el arma.
d. Formular el Acta de Decomiso del Arma y Municiones, aún cuando tenga la licencia correspondiente.
e. Realizar investigación preliminar para determinar la forma y circunstancias del hecho.
f. Entrevistar testigos y parte agraviada si lo hubiera, citándolos a la Comisaría del lugar.
g. Verificar estado de ecuanimidad de los participantes.
h. Conducción del autor a la Comisaría del lugar.
i. Formular el Parte de Ocurrencias.
j. En casos de heridos se les conducirá al Centro Asistencial más cercano.

Una razon mas para tener dos armas en casa. (disculpen que me haya salido del tema) gracias por lo aportado LeinadMR.

GUN 68

Entonces si entendi bien , si utilizo mí arma en mi casa o en la calle para defenderme de un asalto , mí arma sera decomisada ,luego vendra una investigación y segun el resultado deesta recien me devolveran mi pistola , algun forista puede dar mas luces sobre el tema ?

LeinadMR

Asi es guns, a mi ya me paso, inclusive aunque sucedio en la puerta de mi casa, tuve que acompanar a los efectivos a la comisaria a dejar mi negrita y al dia siguiente como no tenia evidencia de haber bebido ir a Aramburu a pasar examen toxicologico alcolemia abosrcion atomica (a pesar de aceptar que dispare preventivamente al aire) y mi negrita estuvo internada casi un mes para las pruebas de balisitca he investigacion, al mes del echo me la devolvieron sucia y con incios de oxido ya que nadie le hace mantenimiento.
Como termino la investigacion por romper el orden publico y ante los atenuantes de intento de robo a mano armada, y no haber terceros heridos y no dar positivo ni alcoholemia ni otras sustancias y mi arma no estar implica en ningun otro proceso me la devolvieron.
A raiz de ese echo me anime a investigar y compartir con ustedes lo investigado
Saludos cordiales

oto

Si todo lo que  se  dice  y señala así  como consta en la constitución, en los códigos tanto penales , civiles  y hasta administrativos(entiendase los procedimientos-reglas a seguir)toodo  en mi pais  Perú sería   de maravillas en la realidad es distinto y bastante  lejano está  de  lo q  manda  un reglamento o un procedimiento.
No soñemos  las leyes son palabras  donde  el papel aguanta tooodo.

saludos
oto.

Chanka


LeinadMR

Refresco para los nuevos, un poco para que sepan como actuar y sobre todo como debe de actuar "la autoridad", aprendan sus deberes, antes que sus derechos asi no los sorprenderan o intentaran sobornar con "ayuditas"....
Saludos cordiales