Junta de firmas para INCONSTITUCIONALIDAD

Iniciado por LopezLandauro, 08 de Enero de 2013, 03:57:00 PM

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Queni

Cita de: lorenzomulanovich en 02 de Marzo de 2013, 10:19:47 PM
Les copio lo que puso un forista que es abogado en el foro de APLAF.  La verdad que esto me dejo muy intrigado.

Siendo que la ley 29954 en su art 13 establece una vigencia de 5 años de validez de una licencia y el Dlo 1127 es de manor rango es aplicale una acción popular, para ello no se necesita las firmas requeridas pára una accion de inconstitucionalidad, sin perjuicio de está última de interponerla por supuesto, con la acción popular declaraiamos inconstitucional el mencionado Dlo, les hago un alcance de un comentario al respecto


El artículo 200º numeral 5) de la Constitución Política del Perú de 1993 incluye dentro de las garantías constitucionales a la Acción Popular, la cual procede contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen, por infracción de la Constitución y de la ley. En el ámbito doctrinario, César Landa señala que La Acción Popular está estrechamente ligada a la acción de inconstitucionalidad de las leyes, en la medida que su objeto también es asegurar el orden constitucional objetivo, además del legal, pero examinando las normas inferiores a la ley

En definitiva, el proceso de Acción Popular constituye un mecanismo de control concentrado de las normas reglamentarias, que es ventilado exclusivamente al interior del Poder Judicial, y que presenta como objetivos el de velar por la defensa del artículo 51º de la Carta Magna (el cual prescribe que La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley sobre las normas de menor jerarquía, y así sucesivamente), y el artículo 118º inciso 8) del mismo texto normativo (que considera dentro de las atribuciones del Presidente de la República la de Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones).

Así, la Acción Popular es el remedio para defender la constitucionalidad y legalidad frente a las normas administrativas que la contradicen; es decir, es un medio de control constitucional y legal de tipo jurisdiccional sobre normas inferiores como son las de nivel administrativo. La controversia en una Acción Popular constituye una discusión de puro derecho, en el que debe determinarse si la norma de inferior jerarquía contraviene la Constitución o la ley. Los efectos de la sentencia no son particulares, sino generales, es decir, su ámbito de vigencia es para un colectivo y no una determinada persona.

Tanto el proceso de acción popular, la acción de inconstitucionalidad y el proceso competencial tienen como rasgos comunes el de servir a la defensa objetiva de la Constitución. En el proceso de inconstitucionalidad, la resolución que declara fundada la demanda expulsa la norma declarada inválida por vulnerar directamente la Constitución, mientras que en el proceso de Acción Popular la sentencia estimativa puede anular una norma reglamentaria no solo por infringir de forma directa la Carta Magna, sino también por quebrantarla indirectamente, cuando se vulneran los artículos 51º y 118º inciso 8) de dicho cuerpo normativo



Hola Lorenzo

Creo que hay un error de apreciación de quien puso eso en el foro amigo; como bien dicen PT58MCR y PNP Baikal, al tener el Decreto Legislativo rango de ley, procede una Acción de Inconstitucionalidad para derogar la norma en general;  a nivel particular (lo cual significa que no se derogaría) cada ciudadano que considere se han violado o violan sus derechos constitucionales, puede ir vía una Acción de Amparo a fin de que se declare la inaplicabilidad del Decreto Legislativo de marras a su caso concreto.

Saludos.

Josant

en todo caso lo que se esta buscando con la accion de inconstitucionalidad seria:
-que vuelvan a ser 5 años de duracion para las licencias
-nuevamente la tenencia de 5 armas para defensa y no solo 2 como seria ahora
-que no se prohiba el 9mm luger para civiles

si estoy equivocado o me falto agregar algo por favor diganmelo
- manan qonqanichu, manan panpanichu -

Vicius

Y no se puede cambiar a 9 mm + .45. Licencia única para porte de armas, la verdad es absurdo tener una licencia para cada arma, podría ser un registro por cada una, pero la licencia de porte debería ser una. Digo si te atacan y tu respondes pues hay que golpear más fuerte, si no van a querer venirte a golpear de nuevo.

contrapantera

mas plata para alimentar a las instituciones burocratas y corruptas,  donde firmo?


TOPGUN

ayer fui a armeria eagles y tenia casi las 5k. Ya pues applaf vamos hacer esto. Donde se deposita?

Hay cantidad de pistolas 9mm guardadas en almacen hay muchas armerias que podrian apoyar por cada 1 de ellas internada que no pueden vender y hay como cancha. Se que muchos de estos empresarios estan bailando solos puesto que obviamente su capital esta comprometido.

No seamos mezquinos y apoyemos porque a todos nos conviene.

Por otro lado no existiendo un TUPA despues de los 30 dias habiles despues de la promulgacion de la ley que modifica por enesiman ves, exige al la kakamec usar el tupa vigente.

UR NOT A NAVY SEAL UNTIL U EAT ITALIAN STEEL

LopezLandauro

Como dije, estamos trabajando con los abogados, analizando alternativas y otras posibilidades, cuando tengamos una estrategia más definida, les comunicaremos los detalles.

Saludos,

Rodrigo
Veni, vidi, VINCI!!!

Penaranda1

Hola Rodrigo...
Debemos movernos rapido, pues he escuchado que el "reglamento" esta proximo a salir y si estas modificaciones fueron un abuso, el reglamento va a ser una violacion total...
Saludos
H
CZ, MAVERICK, WALTHER, FORT, MARLIN, TAURUS, HK, ZASTAVA, NORINCO, BERETTA

Veloz

Amigos,

¿Qué paso? Hace ya meses que empezó la firma de inconstitucionalidad, y no hay ndada hasta ahora.

Nos van a hacer aburrir de nuestras armas, con trámites sin fin como los de don urbano.

¿Que falta?

Veloz

lorenzomulanovich

#158
Cita de: Veloz en 04 de Abril de 2013, 09:53:32 PM
Amigos,

¿Qué paso? Hace ya meses que empezó la firma de inconstitucionalidad, y no hay ndada hasta ahora.

Nos van a hacer aburrir de nuestras armas, con trámites sin fin como los de don urbano.

¿Que falta?

Veloz

Juntar más de 20,000.00 Nuevos Soles para poder presentar las firmas. Eso falta.
Saludos,

Lorenzo

Vicius

Ya expresaron que son como 20 000 soles, decídanse en el monto.

carlos1986

Hay que llamar a Marco Tulio para que revoquen a Renzo Reggiardo

TOPGUN

#161
30mil dolares , esto esta empezando a oler mal, alguien quiere beneficiarse pero le va salir el tiro por la culata.

Como puede ser que se quieran robar entre mendigos, no hay y parece que nunca existira UNION, AQUI SIEMPRE HAY ALGUNA MERMELADA SOLICITADA.

a bailar con su propio pañuelo . Un abogadito con el fiscal de prevencion del delito para los que tiene 9mm y otros a la hora de renovar, le funciono bien a varios.

y applaf ??? 0 balas .

Peor que esto no va pasar osea que esperaremos a ALAN 2016 para que todo regrese a la normalidad.

UR NOT A NAVY SEAL UNTIL U EAT ITALIAN STEEL

supayhuahua

Bueno supongo que todos esperamos una buena explicación y desarrollo lógico de lo que se hará para poder con todo el gusto del mundo colaborar con el proceso. Ahora recuerden que si se gana el proceso el estado tiene la obligación de retornar lo gastado, esperamos tambien que se nos informe al respecto, por mi parte como simple mortal no me queda mas que apoyar al APPLAF.

Mandragora

Señores el monto fue 20000 soles de parte de los portadores, tiradores y deportistas que sientan la necesidad de defender sus derechos y que así como los señores de Applaf se compraron el trabajo de reunirse y organizar por parte de los poseedores de armas en general lo de la recolección de firmas pues serian los mejores llamados a recaudar el dinero y canalizar el mismo. Por otro lado que los señores de las armerias como los de las agencias de seguridad vean cada uno por su lado el cumplir con sus 20000 que le toca a su gente. Ese es el unico monto y esas fueron las condiciones no desvirtuemos los hechos y no contribuyamos a la desunion, nuestra comunidad debe recolectar los 20000 SOLES y punto para lo cual debemos esperar el pronunciamiento de los señore de applaf cuyo presidente ya dijo que ESPEREEN!!! sobre las decisiones que tomen y el numero de cuenta para nuestros aportes.
Personalmente creo que las armerias vean su tema de los 20000 que deben recolectar y asi mismo las empresas de seguridad y cuentas claras, otro sistema o medios de recaudacion traeran DUDAS Y MURMURACIONES.

lorenzomulanovich

Señores disculpen, fue un error mío  :'(

En efecto, son más de 20,000.00 Soles los que se necesitan.
Saludos,

Lorenzo