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Tiro Defensivo Peru - SUCAMEC => Tiro Defensivo Peru - SUCAMEC => Mensaje iniciado por: CZ99 en 02 de Mayo de 2009, 02:21:08 PM

Título: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: CZ99 en 02 de Mayo de 2009, 02:21:08 PM
Es bueno tenerlo en casa:

http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/27936.pdf


Saludos.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: pulpo505 en 02 de Mayo de 2009, 02:44:57 PM
Alguien que me explique la verdad las leyes tienen tantos tecnicismos que me confunden. Saludos
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: elchacal en 02 de Mayo de 2009, 05:28:35 PM
Cita de: pulpo505 en 02 de Mayo de 2009, 02:44:57 PM
Alguien que me explique la verdad las leyes tienen tantos tecnicismos que me confunden. Saludos

Saludos cordiales  Pulpo505:

Espero que "el remedio no sea peor que la medicina", estos temas de orden legal y jurídico confunden a cualquiera, poe eso se necesitan los abogados.

La leyes y cuestiones juridicas son mas complicados para nosotros los neófitos en entender, descifrar cual papiro egipcio o en arameo al igual que un empírico usuario de OS  Windows intente operar con las misma funcionalidad un OS Linux.

Solo podría comentarte, que según veo CZ99 ha posteado la Modificatoria en la ley en lo referente a "La legitima Defensa", NO es,  por si sea la duda una "NUEVA" ley, ya que esta que ha posteado CZ99 es la ACTUAL y esta VIGENTE, la cual ha sido incorporado en el actual Código Penal (VIGENTE HASTA HOY , QUE YO SEPA) con fecha: 11 de Febrero del 2003.

Supongo que "alguien" lo ha solicitado o  necesitado saber al respecto para ponerse al día.

Esta modificatoria, remplaza a la que "añejamente y/o obsoletamente" decía respecto a la condicionante de que para que se asintiera legalmente, la Legitima defensa debía existir, de parte del agraviado el empleo de la fuerza en forma "PROPORCIONAL" y es allí donde la ley dejaba realmente muchísimo que desear, y aunque la actual según mi modesto criterio aún esta muy lejos de definirlo como verdaderamente Justa, sea por el articulo mismo, mas que nada por el resto de los otros artículos pertinentes, que permite que la parte del ministerio publico y/o los abogados encuentren asidero para terminar echándote abajo tu defensa, al invocar el derecho constitucional y legal, a defenderte cuando eres agredido ilegalmente sin existir ningún tipo de provocación de parte tuya, sea para proteger tus bienes jurídicos, seres de tu entorno o extraños, incluido tu mismo  en peligro inminente  de ser malheridos o asesinados.

Esa Ridícula condicionante de "PROPORCIONAL" (en un caso especifico como es la defensa personal)  como recordaras, era o se podía traducir al cristiano como algo así:

Si el asesino, o delincuente que te estaba agrediendo o pretendía herirte, matarte, robarte, cual fuera el tema, basado en una ILEGITMA AGRESION, sin mediar ningún tipo de provocación de parte de parte tuya, si necesitabas invocar la LEGITIMA DEFENSA estabas "OBLIGADO A DEFENDERTE"  (según el tenor de la ley)  en igualdad de CONDICIONES, es decir si a ti te atacaban a palazos o fierrazos, es con esas similares herramientas u objetos que debías DEFENDERTE, y hubieras tenido "tal vez" alguna benevolencia de parte de la ley, en caso lograras salvar la vida, y hubiera en cambio sido malherido o muerto el ilegal agresor..si es que hubieran sido MAS DE UNO los agresores (y ojo reitero los condicionantes)  "tal vez", siempre y cuando la parte civil o el ministerio publico, no terminara por "voltearte el pastel" alegando que "el  palo  era mas largo o de mejor calidad de madera" (por lo duro),. o el objeto de metal que utilizaste "era mas pesado"..o que tuviste  algún trabajo donde tu herramienta principal era la limpieza (baja policía por ejemplo) y que por lo tanto "tenias gran destreza para manipular una escoba  de "palo de madera" y que ya ahí tu estabas "cometiendo abuso por conocimiento y destreza, y ni hablar si "investigaban" y descubrían que cuando tenias 7 años de edad en un periodo vacacional tus papis te llevaron a un curso vacacional de kung fu para niños, es que tenias la habilidad y la destreza de Bruce lee (igualito a las películas) para haber utilizado en forma DESPROPORCIONADA para defenderte un palo, siendo tu "Un experto de las artes marciales o pupilo de Jet Lee" ...claro ni hablar si en vez del palo o fierro hubieras utilizado un arma letal punzo cortante como un cuchillo de cocina o para cortar el pan, y te tendrías que dar por perdido completamente si hubieras utilizado un  arma de fuego con tenencia legal, pues...la "PROPORCIONALIDAD" no era aplicable, dado que solo eran 6 pobres ciudadanos hampones, que solo querían practicar "al son de la percusión....contigo de tambor" una hermosa tonada de nuestro variado repertorio de música nacional..

Según a mi parecer, desde mi propia óptica aunque mucho no ha cambiado la cosa hoy en día respecto al sistema judicial y/o al  ministerio publico, con algunos malos jueces y fiscales (ojo que uso minúsculas para referirme a la institución  intencional e incluso los meto al mismo saco)  y la leguleyada de algunos malos y nada éticos,  pero expertos y hábiles profesionales de las leyes y sus entuertos, que ni tu, yo o nadie decente logra entender.

Supongo todo esto que he mencionado ya lo sabias, así que nada nuevo creo haber aportado..pero vaya que sirve como calistenia para botar un poco de estrés acumulado.

Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: AGUILA FORTE en 02 de Mayo de 2009, 05:54:04 PM
[b]estas en lo cierto amigo chacal, estamos hasta ahora en desventaja, frente a los delincuentes ante las leyes (proporcionalidad)  >:( ..Los delincuentes ya vienen preparados a arremeter, los delincuentes tienen ventajas sobre nosotros, mientras tanto la victima recien reacciona para salir ileso si es que puede, desde alli yo veo que llevamos una gran desventaja..y por que eso, no contempla la ley..?..osea si el delincuente tiene cuchillo yo tambien debo estar con cuchillo, no hay derecho..yo ni en la cocina agarro cuchillo..desde alli el delincuente tiene ventaja sobre mi.. >:(

saludos..!!
[/b][/color]
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defens
Publicado por: elchacal en 02 de Mayo de 2009, 06:19:47 PM
Noooo, "Águila-Azul brazo"  (azulito, azulito)...parece me explique mal, no me refería a que esa es la actual ley,"LA PROPORCIONALIDAD" fue remplazado el 11 de Febrero del 2003, por lo de "RACIONALIDAD" o sea cambia el tenor del asunto, quedando a la interpretación y la coyuntura de cada caso (supongo) del fiscal o del Juez, eso no lo se...ya algún amigo como 100% legal nos podrá sacar de este embrollo.

Aunque seria simpático, que te leyeras este excelente articulo o documento, que hace una INTERPRETACION personal de estos cambios en el código penal actual.

REFERENCIA:

http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=635.msg2921#msg2921 (http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=635.msg2921#msg2921)

Fuerte abrazo.
QAP/QRV.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: CZ99 en 02 de Mayo de 2009, 07:05:41 PM
Efectivamente estimado Sensei. El motivo del post es para sumar datos a nuestra "biblioteca" legal, de esa forma podremos de vez en cuando darle una leida.

Aun sigo insistiendo con un amigo Excmo. Fiscal  a ver si se anima y nos da una charla sobre legitima defensa. Sabemos que lee el foro, asi que si se anima que se ponga en contacto con nosotros.

Saludos.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: AGUILA FORTE en 02 de Mayo de 2009, 07:46:18 PM
Gracias por el link que me proporcionastes, ahora siii..todo esta muy claro..me habia confundido, pero ahora esta claro..gracias..a los MAESTROS..Salud..!!  ;D ;D

http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=635.msg2921#msg2921
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: juanfa en 02 de Mayo de 2009, 07:53:24 PM
En las "conclusiones" que redacta el abogado nombrado en el link de la ùltima respuesta, dice algo como que serà el criterio de los jueces, bueno o malo el que decida si alguna situacion sea declarada como defensa legìtima o no;por lo que se lee  es muy difìcil saber el criterio que aplicarìa un juez, siempre serà una ruleta rusa la sentencia................Saludos.Juanfa.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: Hakobit en 30 de Mayo de 2009, 10:58:42 AM
Tienes toda la razon juanfa, lamentablemente en nuestro país no contamos con jurisprudencia vinculante al respecto por lo que finalmente dependerá del criterio del juez y del fiscal decidir si se ha cometido un delito o no.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: 100% Legal en 31 de Mayo de 2009, 03:39:10 AM
Estimados amigos del Foro,
nuevamente aquí, he estado alejado del Foro por motivos laborales, he visto con suma preocupación la inquietud que les afecta sobre la "legitima defensa", ante todo quisiera Informarles que en la Pagina del Ministerio de Justicia (Minjus) y en el rubro de normas legales (spij) se encuentran los codigos (Penal, Civil, procesal, etc) actualizados hasta la fecha, inclusive se pueden observar las todas las modificaciones que se ha hecho en cada artículo.  Es cierto lo que menciona CZ99, esta vez la cosa queda a criterio del Juez, lo cual no debe verse como una desventaja, por el contrario dependerá de una buena defensa que hagamos.  Hoy en día estando proxima la entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal (Vigente en algunas Cortes Superiores como Huaurua, Trujillo, etc.) a nivel nacional, el panorama cambia.  No existe al repecto mucha jurisprudencia, como lo dije en una oportunidad. Personalmente y es una opinión personal: Casi la mayoría de los jueces piensan que cuando hay un lesionado o muerto, toda la responsabilidad es atribuida al causante, sin embargo la moderna doctrina nos enseña que no siempre es así, existen situaciones en la que el lesionados o fallecido fue el causante, o este aumentó voluntariamente el riesgo. Por ejemplo si un borracho atravieza la panamericana norte en horas de la noche y con poca luz y para ello no usa el puente peatonal, sino salta sobre el cerco, luego con nuestro vehículo 4x4 los atropellamos y muere, frente a este hecho he visto "decisiones" distintas de jueces, unas por la absolución y otra por la responsabilidad. El criterio de proporcionalidad esta desfasado, dependerá de una buena defensa. Lamentamente las leyes y la justicia no son automáticas, y los buenos no siempre ganan y los malos a veces salen libres, debemos colaborar con la justicia, como lo repito depederá de una buena defensa, pruebas, testigos, circunstancias, no debemos verlo como una desventaja, sino por el contrario.  Como lo dije hace un momento, he estado un poco alejado del Foro, pero conversaré con algunos colegas sobre la propuesta de realizar un seminario sobre este tema que nos despeje de toda duda.     

PD. Como se pone la bandera de tu país?
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: lolitoedu en 01 de Junio de 2009, 05:19:26 AM
amigo 100% legal aqui te indica como hacerlo ;)

http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=1893.0
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: juancho en 01 de Junio de 2009, 08:49:55 AM
Cita de: 100% Legal en 31 de Mayo de 2009, 03:39:10 AM
.......pero conversaré con algunos colegas sobre la propuesta de realizar un seminario sobre este tema que nos despeje de toda duda. 

Sería excelente 100% legal que eso suceda. Se agradece de antemano tu disposición y estamos seguros que lo lograrás pronto. Es que esto de las leyes se presta a muchas interpretaciones y es necesario que los usuarios legales y responsables de armas de fuego conozcamos los vericuetos legales para saber dónde nos metemos.
Saludos
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: bersa en 20 de Agosto de 2009, 08:22:21 PM
Definitivamente en estos temas se requiere la opinion de los expertos. Totalmente de acuerdo con lo propuesto por el amigo 100% legal.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: defensa en 23 de Junio de 2010, 02:08:01 AM
principio de racionabilidad, remplaza al principio de proporcionalidad del medio empleado;  si un delincuente nos amenaza con un arma blanca podemos repelerlo, con nuestra arma de defensa, debemos ser claros ante la justicia, que nuestro accionar obedeció al  acto delincuencial de tercero. La idea fue repeler  dicho ataque. Así nos amenacen con una cuchilla de afeitar.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: vfmontes en 23 de Junio de 2010, 07:57:00 AM
Hola a todos, este es un buen tema, del cual estuve buscando pero sin suerte, ahi les dejo un link muy bueno es el Sistema Peruano de Informacion Juridica, saludos

http://spij.minjus.gob.pe/spij_leg_basica.asp (http://spij.minjus.gob.pe/spij_leg_basica.asp)
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: KOYOTTE PERUANO VMT en 09 de Enero de 2012, 09:23:11 PM
Muy interesante lo leido hasta ahora pero como siempre y sin animos de enfrentar opiniones en este pais es dificil hacer valer este derecho de proporcionalidad o racionabilidad pues se tiene en cuenta que nosotros siendo personas de bien no esta en nuestras mentes dispara a matar a quien nos ataque a no ser que estemos ejerciendo alguna funcion de defensa o proteccion, en cambio el delincuente tiene toda la intencion de dañarnos para vernos imposibilitados de repeler Mucho mas interesante el tema de que algun experto en materia de leyes de una conferencia en algun lugar en relacion a este tema por que de que es amplio es amplio . si hay entrenamientos para resguardos por que no un entrenamiento legal, una humilde opinion
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: viajero2008 en 11 de Enero de 2012, 01:39:36 PM
Es bueno contar con el foro TDP.COM para informarnos y aprender, ojala tengamos la oportunidad de recibir mas asesoria, pero por lo pronto:

Si te pasa un caso que se ajusta a la legitima defensa y te aplican el criterio de proporcionalidad, abajo esta mas que clara la respuesta


Citar
Re: Tienes que ser herido gravemente o que te maten, ¡Si no a la carcel!
Iniciado por El CHACAL -
« Respuesta #9 en: 10 de Enero de 2012, 11:33:51 » - Por 100% Legal
   
La verdad, esto es indignante, Uno siente vergüenza ajena, de ser cierto que aplicó el criterio de proporcionalidad del medio empleado, debería denunciarsele ante el Ministerio Público (con conocimiento del Concejo Nacional de la Magistratura y de la OCMA) a la Juez por prevaricato, es decir por aplicar una norma ya derogada. Se debe dar una clara respuesta a esta clase de magistrados, que los ciudadanos también tenemos las armas legales para defendernos.

Saludos.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: AGUJA INTERNA O MARTILLO en 11 de Enero de 2012, 02:04:22 PM
la racionalidad va por lo que tuviste a mano y lo paralizo, sin ensañamiento, por ejemplo no es lo mismo meterle un tiro que meterle diez ahi no hay racionalidad, se debe entender que con el primero tiro basto salvo que sea un enfrentamiento, pero si es cuchillo frente a arma de fuego lo reduces con un tiro, no habria racionalidad si el tipo tiene cuchillo y le metes diez tiros, esa es la perspectiva de la racionalidad del medio empleado es decir no exageres al defenderte. eso es racionalidad pura hermanos.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: oscarlide en 11 de Enero de 2012, 02:36:59 PM
Esa basura de juez debería terminar preso, pero lamentablemente como en el Perú la única ley que se aplica sin modificatoria alguna es "LA LEY DEL EMBUDO", lo más probable es que el pobre muchacho no salga y si sale ya no vuelva a ser el mismo pues en este instante deben estar violandolo nuevamente y no creo que lo hayan dejado dormir en toda la noche, deben haberlo tratado en el penal con mucho "cariño" por "matachoros" y muchas cosas más que los que saben cómo es un penal por dentro ya se imaginan. Lamentablemente no tuvo el suficiente dinero para que se le aplique la Ley a tiempo, ahora ya para que. La mejor defensa que sirve en el Perú depende del grosor del fajo de billetes, no hay otra.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: AGUJA INTERNA O MARTILLO en 11 de Enero de 2012, 02:57:17 PM
la racionalidad va por lo que tuviste a mano y lo paralizo, sin ensañamiento, por ejemplo no es lo mismo meterle un tiro que meterle diez ahi no hay racionalidad, se debe entender que con el primero tiro basto salvo que sea un enfrentamiento, pero si es cuchillo frente a arma de fuego lo reduces con un tiro, no habria racionalidad si el tipo tiene cuchillo y le metes diez tiros, esa es la perspectiva de la racionalidad del medio empleado es decir no exageres al defenderte. eso es racionalidad pura hermanos.
Título: Re: Sobre la Modificatoria de la proporcionalidad de fuerza para legitima defensa
Publicado por: viajero2008 en 12 de Enero de 2012, 11:35:39 AM
Como dice mi estimado chacal, esta especificado dentro del codigo penal:

CODIGO PENAL
TITULO I:         De la Ley Penal
CAPITULO III:  CAUSAS QUE EXIMEN O ATENUAN LA RESPONSABILIDAD PENAL
ARTICULO 20:  INIMPUTABILIDAD
INCISO 3:   El que obra en defensa de bienes juridicos propios o de tercero
                   siempre que concurran las circusntancias siguientes
                   a) agresion ilegitima
                   b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o   
                       repelerla. Se excluye para la valoracion de este requisito el
                       criterio de proporcionalidad de medios, considerandose en su
                       lugar, entre otras circunstancias, la intensidad y la peligrosidad
                       de la agresion, la forma de proceder del agresor y los medios
                       de que se disponga para la defensa.

                   c) falta de provocacion suficiente de quien hace la defensa

Inciso 4.-  El que, ante un peligro actual e insuperable de otro modo, que le 
                 amenace la vida, la integridad corporal, la libertad u otro bien juridico,
                 realiza un hecho destinado a conjurar dicho peligro de si o de otro,
                 siempre que concurran los siguientes requisitos
:
                 a) cuando de la apreciacion de los bienes juridicos en conflicto
                     afectados y de la intensidad del peligro que amenaza, el bien
                     protegido resulta predominante sobre el interes dañado
, y
                 b) cuando se emplee un medio adecuado para vencer el peligro

Inciso 5.- El que, ante un peligro actual y no evitable de otro modo, que
                 signifique una amenaza para su vida, la integridad corporal o la
                 libertad, realiza un hecho antijuridico para alejar el pelgro de si mismo
                 o de una persona con la que tiene estrecha vinculacion
.
                 No procede esta exencion si al agente pudo exigirsele  que acepte o 
                 que soportase el peligro en atencion a las circusntancias: especial
                 mente, si causo el peligro o si estuviese obligado por una particular
                 relacion juridica.