Ya sean para caza y defensa personal
Actualmente como defensa 02, en Deporte es ilimitado, cazeria no sé
El término "portar" es distinto de "poseer", las únicas armas que se pueden portar en zona urbana son las destinadas a defensa personal o seguridad privada, bajo la modalidad de defensa personal puedes poseer como máximo 3 armas pero debes presentar una justificación especial para acceder a la tercera, en el caso de armas para deporte y caza no hay restricción de cantidad, pero estas no las puedes portar solo las puedes transportar (descargadas y desabastecidas) hasta el lugar donde serán utilizadas, es decir el polígono de tiro o la zona de caza respectivamente.
Alguien logró sacar tarjeta de propiedad para 3ra arma en defensa personal
Cita de: victorzajad en 30 de Agosto de 2017, 06:15:13 PM
Alguien logró sacar tarjeta de propiedad para 3ra arma en defensa personal
Yo estoy en ese proceso, les voy contando como me va.
Bueno Finalmente se han comunicado conmigo diciendome que si bien puedo tener una 3er arma de defensa esta tendria que ser una nueva y no una que tengo actualmente como deportiva.
Alguien que sepa si esto que me dicen es valido, por que la señorita que me atendio me dijo que no hay ningun problema con darme la autorización pero solo si es un arma nueva o que alguien mas me traspase, indicando que el reglamento no contempla el cambio de modalidad en las tarjetas de propiedad del arma.
QUOTE "Bueno Finalmente se han comunicado conmigo diciendome que si bien puedo tener una 3er arma de defensa esta tendria que ser una nueva y no una que tengo actualmente como deportiva.
Alguien que sepa si esto que me dicen es valido, por que la señorita que me atendio me dijo que no hay ningun problema con darme la autorización pero solo si es un arma nueva o que alguien mas me traspase, indicando que el reglamento no contempla el cambio de modalidad en las tarjetas de propiedad del arma." QUOTE
Hola....
Te sugiero imprimas y leas el articulo 40 del reglamento vigente (DS 010-2017-IN) y luego se lo lleves a la persona de la SUCAMEC que te dio esa información.....
Podrias pedir el Libro de Reclamos y presentar una queja formal por dar mala información ... Eso esta penado por ley.....
Saludos,
JCC2
El artículo 40 habla sobre la licencia de uso en varias modalidades, no dice nada sobre las tarjetas de propiedad. Hay un vacío sobre este tema en el reglamento, pero no se supone que no estamos impedidos de hacer lo que la ley no prohíbe? Habrá alguna disposición general como procedimiento administrativo?
Si yo tampoco encontre nada sobre las tarjetas de propiedad, me parece ilogico que me digan que puedo comprar una 3er arma pero que no puedo traspasar mi arma deportiva a defensiva.
Deberías poder registrar la misma arma en más de una modalidad, siempre y cuando cumplas con los requisitos no tienen xq decirte como puedes o no utilizar algo que es de tu propiedad.
Pienso lo mismo, es por eso que consulto aqui como puedo realizar el tramite.