.380 ACP JHP

Iniciado por Clemen242, 23 de Agosto de 2017, 12:31:21 PM

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Clemen242

Buenos dias,

Mi consulta es acerca del reglamento que al parecer prohíbe el uso de munición FMJ para defensa y lo restringe solo a practica. El ultimo fin de semana estuve en una armería bastante conocida y escuche que el vendedor le estaba indicando a una persona que para defensa solo podía usar munición JHP y que estaba prohibido usar para defensa la munición FMJ en ese caso en particular del calibre .380, de hecho yo compre una caja de 9 parabellum en JHP casi por curiosidad, sin embargo me quedo la duda sobre si es efectiva realmente la munición de punta hueca en el 380 ACP, Alguien ha probado esta munición y ha visto si realmente abren, si es asi a que distancia, con cañon de cuantas pulgadas y como se diferencia de la FMJ con respecto a la penetración?.
Otro detalle también seria si es que con esta munición algunas marcas de pistola podrían verse afectadas en sus sistemas de ciclado presentando trabas (esta es una suposición mia, ya que presumo que al no ser puntas redondeadas en algunos casos de pistolas con rampas cortas o no muy bien pulidas podría pasar esto).
Con respecto al reglamento, realmente se considera munición prohibida a la FMJ para defensa?, ya que yo en ese calibre aun no cuento con munición JHP.

Saludos
quot;el poder proviene del caoon de un arma"
mao tse tung

andresrcs

#1
Efectivamente con el nuevo reglamento solo se puede portar el arma con JHP y la FMJ sólo para uso en galería de tiro.
Con respecto al otro punto, las pruebas con gel balístico no son muy comunes en nuestro país, pero de lo que se ve en los videos de Internet el 380 JHP por ir más lento suele taponarse con la ropa y termina comportándose como si fuera FMJ y sobre penetra, estás pruebas las suelen hacer con pistolas de tamaño compacto similar a la glock 25 ya que en el mercado americano no hay versiones full size en 380.
También comparto tu inquietud sobre los problemas de ciclado ya que he tenido este tipo de problemas en la glock 25 con munición FMJ de cabeza trunca (Sig Sauer) y las JHP tienen forma similar.
"La victoria favorece a los que se preparan"

jcc2

Por un principio básico de derecho, el reglamento de una ley NUNCA DEBE PASAR POR ENCIMA DE LA LEY y si lo hace es ILEGAL y NULO.

Les sugiero leer el articulo 20.1 de la ley que a la letra dice:

"Artículo 20. Municiones autorizadas

Las municiones autorizadas son las siguientes:

20.1 Para defensa personal: Los cartuchos con proyectil de plomo o aleación con este, los que pueden estar recubiertos total o parcialmente de latón o materiales diversos con punta blanda o hueca."
, en otras palabra, la ley dice que se puede usar municion FMJ o JHP O punta de plomo o punta blanda sin distincion. La unica municion prohibida para defensa personal son las municiones
con núcleo de acero perforante de blindaje, trazadoras, incendiarias y explosivas

Saludos,

JCC2

andresrcs

Un argumento válido el de JCC2, sin embargo en lo personal prefiero no arriesgarme a quedar en manos de algún juez menos que competente y pasar por una odisea en apelaciones y demás. Por otro lado considero que el uso de munición JHP es mucho más adecuado en situaciones de defensa personal, sobre todo en ambientes urbanos donde podemos ocasionar daños a terceros por sobre penetración, claro que queda el problema del desempeño inconsistente del 380 JHP, por ese motivo a penas tenga la oportunidad cambiare al 9mm para el porte diario ya que el desempeño de ese calibre está más que comprobado en escenarios reales.
"La victoria favorece a los que se preparan"

Clemen242

Creo que esto pasaria en el peor de los casos como una falta administrativa bastante discutible segun lo argumentado por jcc2 considerando que la lye contradice al reglamento, pero en ningun caso pasaria ni a agrabar un proceso judicial y a constituir un delito ya que el codigo penal solo contempla la "poseción ilegal".
De hecho usar munición que pueda causar trabas o restringir de alguna forma el correcto funcionamiento de un arma de defensa nos puede costar la vida.

quot;el poder proviene del caoon de un arma"
mao tse tung

andresrcs

Estoy de acuerdo con el último comentario de Clemen242, la munición para una arma de defensa debe ser por sobre todo confiable, y ya que ningún arma ha sido diseñada considerando todas las municiones habidas y por haber, yo creo que lo más sensato será comprar unas cuantas cajas de la munición que estemos pensando utilizar para el porte diario y probarla en nuestra propia arma hasta el cansancio para estar seguros de que es una combinación confiable.
"La victoria favorece a los que se preparan"

Clemen242

Con respecto al tema, Justamente hoy estuve en SUCAMEC por un tramite para otra de mi armas y al momento de entrar a la caseta a dejar mi arma el Señor que atiende me pidió que no solo descargara el arma sino que también descargara toda la cacerina, descargue todo y metí las balas en mi bolsillo, al salir regrese a la caseta a recoger mi pistola, me la regreso y le pregunte si podía abastecerla ahi, el me indico que si, asi que saque mis balas, las puse sobre su mostrador y empecé a cargar mi cacerina, mientras lo hacia el tomo una de mis balas y me dijo "usted sabe que estas balas están prohibidas según el nuevo reglamento?" y le dije "si, pero también se que según la ley vigente esta munición no esta prohibida", luego me dijo "si pues, las leyes siempre dejar un margen como para sacarles la vuelta" y termine de cargar mi caceria y me retire.
Por lo visto con el tema de la munición están al tanto de esta contradicción por lo que al parecer consideran un vacío legal.

Saludos
quot;el poder proviene del caoon de un arma"
mao tse tung

Clemen242

Como correción de mi mensaje anterior, puse "hoy" por que empece a escribirlo ayer y hoy lo envie, solo para aclarar que el dia de ayer fue que visite SUCAMEC.
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mao tse tung