HABEMUS LEX !!!!!!!!!! Promulgada la ley de Armas 30299

Iniciado por CZ99, 22 de Enero de 2015, 09:50:07 AM

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andresrcs

Cita de: Jimmy Ringo en 03 de Noviembre de 2015, 07:22:02 PM
Se ha contemplado una amnistía para aquellos que tienen un arma heredada?

La nueva ley de armas (Ley 30299) en su Tercera Medida Complementaria Transitoria establece un periodo de (2) años para la Regularización y entrega voluntaria de armas, municiones y materiales relacionados, a partir de su entrada en vigencia.

Esta medida aplicaría a tu caso ya que en su texto dice "... promueve el empadronamiento de armas no registradas cuya tenencia o adquisición licitas no hayan sido comunicadas a la SUCAMEC..."

Así que solo te queda esperar a que salga el reglamento para que puedas registrar tu arma sin ninguna multa o sanción.
"La victoria favorece a los que se preparan"

Chachi309

Esta también el DL 1227 que regula la entrega voluntaria de armas, tengo entendido que este vence en diciembre porque salió el 24 de setiembre y dan 90 días para la entrega voluntaria de armas de toda persona que posea una sin autorización.

Nietzsche

Por cierto, una duda que me planteó un amigo: resulta que un día mi amigo encontro lo que aparenta ser una pistola baby (por tamaño, desconoce el modelo) en su casa, entre las cosas de su abuelo fallecido, quién era de la policía. El arma aparenta estar en buen estado y mi pata desconoce si era propiedad del Estado o de su abuelo pues nunca se dijo nada y miembros de la familia tampoco tienen idea alguna; lo que mi pata me preguntó era si había alguna manera de inscribirla para que la pueda usar.
Alguien que pueda aportar?
No amamos ya bastante nuestro conocimiento tan pronto como lo comunicamos.

andresrcs

Nietzsche la manera de registrar ese tipo de armas es esperar a la aministia y registrarla en ese momento, aunque en caso de que resulte ser propiedad del estado, tener origen ilícito o no existir forma de rastrear su procedencia, el arma sería incautada a cambio de un incentivo (en dinero o en especies) sin ninguna denuncia penal o multa por tenencia ilegal.

Aún si el arma hubiera sido comprada por el estado, si el dueño original era policía cabe la posibilidad de que el arma haya pasado a ser de su propiedad al momento del retiro ya que esto era lo que se acostumbraba antes, mi padre que es oficial en retiro de la PIP aún conserva su arma de reglamento.
"La victoria favorece a los que se preparan"

Nietzsche

Gracias por la información andresrcs, se lo comunico a mi amigo.
No amamos ya bastante nuestro conocimiento tan pronto como lo comunicamos.

1800cc

Si, es la única manera así que a esperar a que salga el bendito reglamento.

GARRISON

La licencia de mi pistola venció en Marzo del 2015 , debo de regularizar o espero que entre en vigencia la nueva ley?

Saludos
Si la sacas , úsala

sanador_de-corazones

Segun el DL 1227 tenemos plazo hasta el 23 de diciembre para entregar nuetras armas sin autorizacion entiendo se refieren a la licencia. Luego de esto estaremos sujetos a la confiscacion o denuncia por tenencia ilegal. De no salir hasta entonces el reglamento pues nos toca hacer nuetras renovaciones antes del 23 de diciembre. Avisados estamos y conocedores de como se han portodo con nosotros estos años no creamos en mecidas.

Chachi309

Diciembre 2015 y el bendito reglamento no sale y nadie dice nada........


Roy Fokker

 Acaso tendremos que esperar al cambio de gobierno para que salga el reglamento? , tanta demora es por algo, con que payasada mas nos saldra la Sucamec...

Chachi309

Les copio una comunicación de APPLAF


Intervención PNP a usuarios con Licencias vencidas.

Estimados Amigos,
Nos hemos enterado por un correo que la PNP esta interviniendo a usuarios que portan su arma con la licencia vencida; especialmente a los amigos resguardos.

Ante esta situación, es preciso aclarar lo siguiente:

1- Ante los problema suscitados por SUCAMEC para la renovación de las licencias de Defensa Personal, muchos de nuestros usuarios están utilizando (Portando) sus armas con las licencias vencidas. La ley actual, refiere que esta es UNA FALTA ADMINISTRATIVA sujeta a decomiso y pago de multa (s/ 180)

2- Algunos miembros de la PNP y MP/Fiscalía esta ABUSANDO de su autoridad al demandar a los intervenidos por TENENCIA ILEGAL que tiene una pena privativa de la libertad. Esto es a todas luces un abuso de autoridad.

Si Ud. es intervenido por favor tenga en cuenta:

1- Tiene Ud. derecho a llamar a un abogado inmediatamente.
2- La falta es una falta administrativa no es tenencia ilegal de armas.
3- Efectué una denuncia por abuso de autoridad
4- Interponga una queja ante la OCMA y CNM contra el juez/fiscal por abuso de autoridad.
5- Notifíquenos inmediatamente escribiendo en detalle su caso a informes@applaf.org

NO DEJE QUE VIOLENTEN SUS DERECHOS.

Escribanos a informes@applaf.org


Aldo

Buenas tardes , como siempre es un gusto leer los post,mensajes,repuestas que cada miembro aporta, sus experiencia, sus conocimiento; Un agradecimiento para los que hacen posible este mundo para nosotros, siempre aprendiendo algo nuevo un abrazo.
pd. parece que cerramos el año sin la reglamentación, me encuentro en la misma situación de algunos foristas con la licencia vencida aun mantengo el optimismo , saludos hermano.

Chachi309

enero 2016, renuncio Derik Latorre y el reglamento de armas aun no sale.......