Ley 29954 "El Peruano"

Iniciado por santacruzG25, 04 de Diciembre de 2012, 04:02:52 PM

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CZ99

Haber, revisemos la norma

- 2 armas para defensa pudiendo autorizarse hasta 5 (corrupcion a la vista), salvo las personas que necesitan "cambiar de arma" de acuerdo al terno que usa, me parece que no afecta a la mayoría. Pero que haran las personas que poseen mas de 5. Las incautaran? te obligaran a venderlas? la solucion es un tanto sencilla, como dice mutante la alternativa es transferir las armas a las esposas, o hijos mayores de edad hasta que se pueda declarar la inconstitucionalidad de la ley por afectar al derecho de propiedad privada.

- Deporte: según la acreditación que emita la
federación deportiva nacional correspondiente,
reconocida por el Instituto Peruano del
Deporte, sobre la necesidad y cantidad de
armas, de acuerdo al reglamento.

Esta demás recordar que se pueden formar clubes de tiro, federarlos y luego  entrenar para obtener una certificacion.

Caza : Idem

9. Importar o usar armas de calibre 9mm Luger o
Parabellum.

Solo se habla de 9mm, y entonces donde queda la .40, 38SA, .45  - Con licencia deportiva o licencia verde?

Bueno amigos, esto ya se veia venir, ahora lo primero que hay que hacer es buscar un abogado que plantee y presente la inconstitucionalidad por afectar el derecho de propiedad.


CZ99 :.
CZ99 :.
Tirodefensivoperu.com :: Tirodefensivoperu.org

Giova


Lo que quieren con ese reglamento es que el civil sólo pueda disparar con pistolas y carabinas de aire comprimido.

Para tiro en seco, sólo quieren que se usen las "pistolas encendedor" , sí, esas réplica de las P. Beretta M9, que le tienen que hechar gas para prender los cigarros.

¿Que estás tramando Reggiardo?.
:-\
Dios te ama

mutante

NUEVAMENTE, HECHA LA LEY, HECHA LA TRAMPA, articulo 27, inciso 9, "importar armas 9mm luger o parabellum..." bueno, yo propongo que algun foritsta armero diseñe, en base a esta municiones un calibre "peruano" que necesite "muy poca modificación" o "rectificación" de la recámara, pudiéndose usar así el mismo cartucho, pero distinta vaina.... mas ligera o pesada y bautizándola con "9mm peruana." solo una idea.
saludos
"..... el miedo y la ira son aliados del lado oscuro de la fuerza....."

CZ99

Cita de: mutante en 05 de Diciembre de 2012, 02:07:19 AM
NUEVAMENTE, HECHA LA LEY, HECHA LA TRAMPA, articulo 27, inciso 9, "importar armas 9mm luger o parabellum..." bueno, yo propongo que algun foritsta armero diseñe, en base a esta municiones un calibre "peruano" que necesite "muy poca modificación" o "rectificación" de la recámara, pudiéndose usar así el mismo cartucho, pero distinta vaina.... mas ligera o pesada y bautizándola con "9mm peruana." solo una idea.
saludos

Y Volvemos a 1879?
CZ99 :.
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atmac1953

La Ley no tiene efecto retroactivo; los que que tienen 9 mm. PB lo seguirán teniendo hasta que el arma deje de existir . ¿Claro. La pregunta es: ... y en la siguiente renovación, cuál sería la traba?.
ATMAC (Apocalipsis 2:17) "El Hombre que Analiza"

momens

ya no hay renovaciones para  9mm


Saludos.
Momens 9mm

asesorum

La traba? no te renuevan la licencia y seguro te retienen el arma cuando vayas a hacer la renovación.
Aprende a vivir y sabrás morir bien.

gyapur

Pues como dije en otro lado...jodidos estamos.

Y el reglamente sera peor aun que esto.

Que hacer? a estas alturas ya nada.....de repente hubo un momento, pero ahora solo queda llorar...y opinar. Pero a este paso van a prohibir hasta hablar de armas.

La verdad que hoy estoy de un humor de a la ===== con el mundo.

slds

"El mundo cambia con tu ejemplo, NO con tu opinión."
El mundo cambia con tu ejemplo, NO con tu opinión.

Mandragora

#23
Bueno hay que esperar el reglamento por que es generico y ambiguo el punto 9 sobre prohibir el "uso" de armas 9mm ya que vienen siendo prohibidas para uso civil salvo casos especificos y el uso deportivo de las mismas no esta siendo recortado especificamente ya que se consideran dos puntos importantes en nuestro favor, el articulo 16 reconoce la venta de municion para deporte y el articulo 15 en su punto dice b. Deporte: según la acreditación que emita la federación deportiva nacional correspondiente, reconocida por el Instituto Peruano del Deporte, sobre la necesidad y cantidad de armas, de acuerdo al reglamento. Para lo cual repito como puse en un post anterior son las autoridades de instituto peruano del deporte atravez de la federacion peruana de tiro los llamados a defender este calibre para las disciplinas correspondientes. Un abrazo

Post Merge: 05 de Diciembre de 2012, 10:04:42 AM

Ahhhhhhhh me olvidaba y el tema no es tan sencillo de prohibir el uso deportivo de la nohe a la mañana ya que se afecta un bien de por medio con un valor real elcual segun las normas vigentes esta sometidas a cieras consideraciones no es asi de facil qe se vence tu licencia y entregame el arma no señores hay un proceso el cual lo aclara muy bien el señor Dardo lopez en su entrevista cuyo video colgo el maestro chacal ya que es aniticonstitucional afectar los bienes privados. (para lo cual les agradeceria revisar ese video y veran.

Post Merge: 05 de Diciembre de 2012, 10:05:05 AM

Ahhhhhhhh me olvidaba y el tema no es tan sencillo de prohibir el uso deportivo de la nohe a la mañana ya que se afecta un bien de por medio con un valor real elcual segun las normas vigentes esta sometidas a cieras consideraciones no es asi de facil qe se vence tu licencia y entregame el arma no señores hay un proceso el cual lo aclara muy bien el señor Dardo lopez en su entrevista cuyo video colgo el maestro chacal ya que es aniticonstitucional afectar los bienes privados. (para lo cual les agradeceria revisar ese video y veran.

Post Merge: 05 de Diciembre de 2012, 10:14:55 AM

Se espera el reglamento y si en forma categorica y especifica anulan incluso el uso deportivo de las armas 9 mm ahi lo que queda es que los propietarios de este calibre se agrupen formen una Asociacion aunen fuerzas y recursos contraten ayuda legal y presenten un recurso de amparo y a la vez o en el mismo proceso uno de anticonstitucionalidad de la norma y se lograria la "proteccion" del bien hasta el final del proceso ya no de las licencias y luego del cual en el peor de los casos de perderse se negociaria la forma de retribucion economica para cada uno de los miembros de la asociacion afectados por la norma.

Rapala

Yo creo que la salida para las 9 PB al no querer renovarlas para defensa personal estará en inscribirse en la federación de tiro, es preferible tener licencia deportiva y participar en algun campeonato que estar fuera de la ley o darla por "perdida".

Penaranda1

Amigos, se que la situacion es seria, dejenme ser un poco sarcastico...





Saludos

H
CZ, MAVERICK, WALTHER, FORT, MARLIN, TAURUS, HK, ZASTAVA, NORINCO, BERETTA

Kike96

Necesitamos que alguien se mande para congresista!!!
Algun voluntario????
Kike 96
Peace & GLOCK

TOPGUN

 ??? yo tengo mi 92 con liscensia verde hasta el 2016, y ahora??  Todos los que ya tenían como quedamos con esa prohibición????
UR NOT A NAVY SEAL UNTIL U EAT ITALIAN STEEL

elchacal


Saludos Cordiales TopGun:

Habra que esperar a ver que dicen los muchanchos del mininter en su "nuevo reglamento"...asumo que ya habras guardado tus cajitas de 9mm parab.

Y a ver si atracan la proxima renovacion que te toca..o de repente ya en el 2016, como propone Kike, elegimos a nuestro propio congresaurio, (sobrao agarramos curul) se mete un loby de PM y cambiamos la maldita ley de marras.

Mientras tanto de aqui hasta el 2016, andate acostumbrando de nuevo en usar los calibres de ratones o misios...ja,ja,ja,..si es que nos terminamos como en otros paises armados con hondas y huaracas.

Fuerte abrazo.

"Pocos ven lo que somos realmente, pero todos ven lo que aparentamos"

TOPGUN

Estimado Maestro Chacal, te copio lo que mi amiga abogada deduce ,

"La norma no establece excepción para su aplicación, por lo que a partir de su vigencia se aplicaría la prohibión, es decir, ya no podría usarse el arma que mencionas.
Respecto de las licencias que pudieran haberse otorgado, debe entenderse que han de quedar sin vigencia de inmediato.
Sin embargo, se encarga emitir el reglamento que regule el tema con los cambios de esta ley, y quizá en ese reglamentose establezca un régimen temporal para que los autorizados a usar el arma en mención puedan sustituir sus licencias para otra arma.
Mientras no salga el reglamento y establezca algún régimen de excepción temporal, en su caso, estará prohibidodesde ya portar y usar el arma en mención, de acuerdo a lo señalado por esta ley.
El tema de derecho adquirido es relativo, pues seguramente se está alegando alguna razón de carácter social para establecer la prohibición, y en beneficio de la sociedad puede legislarse ante que para intereses particulares.
Por otro lado. el derecho aduirido se estaría terminando con esta ley, no se estaría desconociendo en sí."


???

yo no me hago palta con una g25 , o una beretta cheetah  pero de hecho fue todo un recontratramite obtener una liscensia y ademas que la pistola me costo carisima. Ahora un señor policia me pagara 50% .
Esperemos el reglamento aunque sea se ilumine y sea como las glock 17, si ya tienes, la puedes renovar pero no transferir y si la transfieres es a personal ffaa o policial , creo que seria lo mas salomonico , sino a la haya jajajjaj

un abrazo y mil gracias por tus comentarios.

TG
UR NOT A NAVY SEAL UNTIL U EAT ITALIAN STEEL