Tiro Defensivo Peru - Foro de Armas

Tiro Defensivo Peru - Hablemos de Armas => Tiro Defensivo Peru - Armas y Municiones => Mensaje iniciado por: vicon en 26 de Noviembre de 2008, 07:41:05 PM

Título: Pistola marca Girsan
Publicado por: vicon en 26 de Noviembre de 2008, 07:41:05 PM
Me gustaría saber sobre la calidad del arma modelo yavuz 16 bora, sus prestaciones.
Título: Re: Pistola marca Girsan
Publicado por: CZ99 en 26 de Noviembre de 2008, 09:04:05 PM
Hola Vicon

Escribes desde Costa Rica? aprovecha y presentae en el foro de bienvenida, y de paso nos cuentas un poco de como anda el porte de armas por alla.

La pistola GIRSAN Yavuz 16 han llegado al Perú por medio de la firma LIMAGUNS pero aun no salen a la venta al publico por el tema del calibre 9mm para que para civiles es un calibre restringido, quizas algun compañero nos pueda hacer algun comentario al respecto de esta arma.

Saludos.
Título: Re: Pistola marca Girsan
Publicado por: vicon en 27 de Noviembre de 2008, 02:52:41 PM
Para mí es un honor y orgullo estar en este foro y aprender de Ustedes, así que un cordial saludos a todos.

Pues vieras CZ99 que en cuanto al porte de armas en Costa Rica la Ley de Armas y Explosivos, dice:
ARTÍCULO 20.- Armas permitidas.
Son armas permitidas las que poseen las siguientes características:
a) Pistolas y revólveres con calibres de 5,6 mm. (calibre 22") hasta 18,5 mm (calibre 12"), que no sean automáticas.
b) Revólveres y pistolas semiautomáticas hasta calibre 45" (11,53  mm).
c) Escopetas hasta calibre 12" (18,5 mm).
d) Carabinas y rifles hasta calibre 460" (11,68 mm).
e) Las que integren colecciones de armas permitidas.
f) Las utilizadas por los deportistas de tiro, al plato y de cacería  mencionadas en el artículo 60 de esta ley.   
ARTÍCULO 21.- Posesión y uso de armas permitidas.
Los habitantes de la República únicamente podrán poseer, portar y usar armas de las clasificadas en el artículo anterior, como permitidas según los requisitos señalados por ley.
Se permite la posesión de armas permitidas en el domicilio para la seguridad y defensa legítima de sus moradores, los cuales deberán tomar todas las medidas de seguridad indispensables para evitar accidentes.

No obstante, esta ley está por reformarse en la Asamblea Legislativa, me imagino que será más restrictiva en cuanto a tipos de armas permitidas por particulares.

Si algún forista tiene o ha usado el tipo de arma por la que pregunto le pido que por favor me oriente. Se dice que es un clon de beretta, pero me pregunto si solo será una estrategia mercadotécnica, el precio aquí anda por los US$722.


Título: Re: Pistola marca Girsan
Publicado por: esteban en 06 de Diciembre de 2008, 12:52:05 AM
"Revólveres y pistolas semiautomáticas hasta calibre 45" (11,53  mm). "????????
Te refieres al .45 ACP? Vaya, esas normas de ser ese el caso, favorecen realmente a la colectividad civil... acá a las justas aceptan el .380 como máximo para uso civil, aunque parece que habrá una modificación para poder portar el 9mm para...

Saludos cordiales.
Título: Re: Pistola marca Girsan
Publicado por: LunaDiente en 23 de Diciembre de 2008, 02:26:37 PM
Para mi, de las pistolas turcas solo me gustan las Sarzilmas, hechas bajo
licencia Tanfoglio y de calidad exelente como estas, a pesar de que aca las .380ACP han tenido dificultades al principio.
Título: Re: Pistola marca Girsan
Publicado por: glock 17 en 23 de Diciembre de 2008, 04:23:27 PM
Cita de: LunaDiente en 23 de Diciembre de 2008, 02:26:37 PM
Para mi, de las pistolas turcas solo me gustan las Sarzilmas, hechas bajo
licencia Tanfoglio y de calidad exelente como estas, a pesar de que aca las .380ACP han tenido dificultades al principio.

Pana te dire que escuche que en República Dominicana no eran bien vistas porque no eran resistentes, cosa que no me consta porque solo las conozco de referencia y no muy buena que digamos.

No será que no usan el mismo acero que las Tanfoglio ?

saludos