¿Cual sería la sanción por portar una 9 PB con licencia vigente con nueva ley?

Iniciado por Rapala, 24 de Abril de 2013, 02:05:20 PM

Tema anterior - Siguiente tema

0 Miembros y 1 Visitante están viendo este tema.

Rapala

Estimados colegas del foro:

Quisiera saber cual sería sanción de acuerdo a la nueva ley y su reglamento si es que alguna autoridad  encuentra a alguien portando una 9 PB con licencia vigente para defensa, gracias.

Mandragora

Hasta dentro de los 180 días que estan corriendo simplemente te instaran a que la reportes a SUCAMEC o si son mas pesados te diran vamos a entregarla a sucamec para su internamiento mientras la correteas para venderla cuestion que es muy dificil y no creo que ocurra pero en fin se ve cada cosa, pasados los 180 días se te APLICARAN TODAS LAS SANCIONES Y PENAS por TENENCIA ILEGAL DE ARMAS.

jcc2

Señores...MUCHO CUIDADO!!!!!

Lean bien el DS 006-13-IN....

El mismo dispone que TODAS las armas 9 MM PB y/o aquellas que sobrepasen el limite de DOS armas por persona/por tipo/modalidad (Defensa Personal, Caza o Deporte) DEBERAN SER INTERNADAS en las SUCAMEC, teniendo el usuario un plazo de 180 dias pera su venta o transferencia. En el caso de las armas 9 MM PB estas SOLO PODRAN SER VENDIDAS o TRANSFERIDAS a miembros de la PNP o las FFAA EN ACTIVIDAD.

En otras palabras...  El plazo de 180 dias - que ya esta corriendo - es para vender o transferir el arma, la cual YA DERIA ESTAR INTERNADA EN LA SUCAMEC y NO para internar la misma.

Ya estamos con la yuca adentro y mejor no empeorar la situacion portando una arma 9 mm PB AUNQUE TENGA LICENCIA VIGENTE.

Juan Carlos

TOPGUN

todos equivocados , no hay reglamentacion sobre justamente eso. Y a mi no me ha llegado ninguna notificacion de la sucamec a mi casa. nO TODOS LEEMOS EL PERUANO. Ningun policia te puede decir nada y veo que nadie a preguntado en dicscamec. Para venderla y la hora de , se interna el arma y cuando el policia o militar saque su liscensia en su propia institucion y esta sea reportada a discamec el señor va y la recoje.
Nadie sabe que va pasar en 180 dias, puede que llegue a nuestras casas un documento que te de el plazo para entregarla . No hay reglamentacion sobre las sanciones, no existe tal texto. No hay texto de anulacion de las liscensias. Mucha especulacion. Y ademas asi como ellos cocinan , ya hay una accion de amparo en donde los usuarios se van a poder sumar.
En la misma sucamec discamec como quieran, NO TIENE DONDE GUARDARLAS jajajaja. Comprense su cajita con llave nomas. Y esperen un mes al menos , igual tiene 5 para vender a los miles de policias que se graduan.
Ya es mediatico ya se movio la jaula de las locas este fin ahora el gobierno puede, volver a reformular con otro decreto o aceptar las acciones legales y fracasar. Ellos debieron legislar para los ilegales primero.
Finalmente por aqui me dicen que ya se les acabo plazo para decretos supremos de urgencia jajajja
UR NOT A NAVY SEAL UNTIL U EAT ITALIAN STEEL

jcc2

El desconocimiento de la ley no exonera de su cumplimiento....

Y ya quisiera verles la cara cuando le digan al Juez que Ud. no lee El Peruano.....

La sexta disposicion complementaria transitoria dice a la letra:

"Sexta.- Toda persona natural o jurídica que no
cumpla con los requisitos y aptitudes establecidas para
adquirir la licencia de posesión y uso de arma de fuego o
posea armas 9mm Luger o Parabellum o en cantidades
mayores a las permitidas que contasen con licencia, debe
transferirlas en un plazo máximo de ciento ochenta (180)
días calendario contados desde la entrada en vigencia del
presente Decreto Supremo.
Hasta la realización de la transferencia respectiva,
deben entregar a SUCAMEC sus armas en custodia, sin
pago alguno."

Para que arriegarse a un problema mayor? No entreguen sus armas si eso es lo que quieren, pero sugiero que no la porten.

APPLAF viene trabajando en distintos frentes buscando cual es la mejor estrategia legal para responder a este atropello contra nuestros derechos constitucionales y legales. Si quieren luchar, apoyen la labor de APPLAF

Juan Carlos

martin fierro

Serenidad señores no entregan ni vendan su arma,despues cuando pase esto no la recuperaran jamas
Es mas les doy un dato  el humaliento y su boga eduardo Roy Gatesa(penalista),saben que no hay manera alguna de quitar un arma a alguien con licencia de posesion legalmente adquirida,por eso el humaliento no pone requisese al termino de los 180 dias porq, sabe que acabaria con fuji en cana,este pone depositen y vendan y si ALGUNO ASUSTADO LO HACE MEJOR PARA ELLOS.
ahora la tarea la van a dejar en Carcobitch que ya tiene un juicio pendiente por masacre y asesinato de 25 niños en ayacucho, No se va a arriesgar a quitarle su arma a ningun civil con licencia vigente.
y asi bajando la cadena de mando los demas policias ,van ha exigir una orden escrita y quien va ha firmar porsupuesto que NADIE
Esto lo se de gente  100% fiable claro que como los periodistas que tumbaron a Nixon no revelo mis fuentes
Serenidad señores estan frente a un cobarde sin valor y sus lacayos tambien se rien del humaliento,la policia que trabaja con ellos los desprecia porque han puesto a cachaquitos mediocres  de jefes.
mientras tanto firmen y recolecten firmas para la accion de desobediencia civil

Mandragora

Comparto esa opinión pero hace rato la gente los apoya, se esta esperando la luz verde para presentar las acciones de amparo, se esta esperando el número de cuenta para los aportes de la acción de anticonstitucionalidad. Somos una sola idea, nadie promueve darle la espalda o quitarle el apoyo económico o el que fuere sin SER MIEMBROS DE ELLA, pero somos libres de utilizar otros medios que en el peor de los casos solo se "quemaran" los firmantes como hombres libres y que confian en la democracia y ven en la desobediencia civil una forma de protesta sin desmedro y reserva de las acciones de amparo y anticonstitucionalidad así que APPLAF no se "quemara" con los firmantes NO SE PREOCUPEN.

PT58MCR

En una representacion como van las cosas esta legislacion se cae y no reviste el minimo analisi juridico, solo se necesita una accion de amaparo y listo, el resto es una lluvia y alli el jefe de SUCAMEC y en Ministro del Interior van a quere dar un paso al costado; entonces, mi recomendacion es que NO ineternen ningan armas.....y durante estos 180 dias pueden utilizarlas, pero pasado ese tiempo ya deben guardarlas hasta que se solucionesn la cosas. Ahora, quisiera saber como va hacer SUCAMEC, con las armas que no seran internadas...jajaj no pueden allanar cada casa de los propietarios y decomisarlas por que para eso se necesita orden judicial, no pueden detenerte si no la portas.....y espero que se den cuenta que su norma es un absurdo.

Rapala

La Constitución nos ampara:

9. A la inviolabilidad del domicilio.
Nadie puede ingresar en él ni efectuar
investigaciones o registros sin autorización de la persona que lo habita o
sin mandato judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su
perpetración. Las excepciones por motivos de sanidad o de grave riesgo
son reguladas por la ley.

Ayer converse con el abogado de la empresa y me comentó que para la acción de amparo no se pagan tasas judiciales y es algo que el juez resuelve rápidamente, no mas de 10 días.

edinburg0

Cita de: PT58MCR en 24 de Abril de 2013, 07:38:22 PM
En una representacion como van las cosas esta legislacion se cae y no reviste el minimo analisi juridico, solo se necesita una accion de amaparo y listo, el resto es una lluvia y alli el jefe de SUCAMEC y en Ministro del Interior van a quere dar un paso al costado; entonces, mi recomendacion es que NO ineternen ningan armas.....y durante estos 180 dias pueden utilizarlas, pero pasado ese tiempo ya deben guardarlas hasta que se solucionesn la cosas. Ahora, quisiera saber como va hacer SUCAMEC, con las armas que no seran internadas...jajaj no pueden allanar cada casa de los propietarios y decomisarlas por que para eso se necesita orden judicial, no pueden detenerte si no la portas.....y espero que se den cuenta que su norma es un absurdo.
Por eso no entreguen nada.

PT58MCR

Rapala, efectivamente no necesita pago alguno de tasa judicial, simplemente tu escrito en donde fundamentas tus razones por la que pides la accion constitucional de amparo y el derecho afectado por el dispositivo legal..Ahora, si debe demorar un mes aproximadamente.