Normas y Procedimientos para examen de manejo de armas en Dicscamec

Iniciado por viajero2008, 28 de Octubre de 2010, 09:33:00 AM

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viajero2008

Hola a todos los amigos foristas

Les dejo apuntes de parte de la directiva que establece las normas y procedimientos para los exámenes de tiro en Dicscamec. Espero sea de utilidad. saludos


Nota:
Una pedido de ayuda a los tigres del foro para poder ordenar la alineación de los parrafos que no se como hacerlo.


Citar
DIRECTIVA Nº 001 -2004-IN-1703/DICSCAMEC

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL EXAMEN DE MANEJO DE ARMAS DE FUEGO Y TIRO


V.   NORMAS

A.   La Dirección General de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, a través de la Sub Dirección de Administración de Armas (SDAA), dependiente de la Dirección de Control de Armas, Munición y Explosivos (DCAMEC), en la Sede Central; y,  de las Jefaturas Departamentales y Delegaciones Departamentales de Apoyo Policial a la DICSCAMEC específicamente autorizadas, en provincias, se encargarán de la realización de los exámenes de manejo de armas de fuego y tiro, para la obtención de licencias de posesión y uso de las mismas, de conformidad a las normas establecidas en la presente Directiva.

B.   El examen de manejo de arma de fuego y tiro tiene carácter obligatorio para obtener las licencias de posesión y uso que se otorgan en las modalidades de defensa personal, seguridad personal, seguridad privada, caza y deporte de tiro; así como para las armas de tipo revólver, pistola, escopeta y carabina en los calibres que se indican en el literal siguiente.

C.   Los tipos de armas de fuego de uso civil...  

D.   Los exámenes de manejo de armas (cortas y largas), se sujetarán a las reglas siguientes:
    1.   La evaluación consistirá en verificar la destreza del usuario para el mantenimiento del arma (montaje y desmontaje), así como para el abastecimiento, solución de incidentes de tiro y reglas básicas de seguridad.

    2.   El examen se evaluará durante la ejecución del requisito de la verificación del arma, así como en la línea de tiro y durante el desarrollo del examen en todas sus fases.

E.   Los exámenes de tiro para la posesión y uso de armas de fuego se efectuarán de acuerdo al tipo del arma y a la modalidad de la licencia de posesión y uso, teniendo en cuenta las consideraciones y pautas siguientes:

01.   Para armas de puño (Pistolas y Revólveres)
   a.   El examen se efectuará sobre un "blanco internacional", o sobre una silueta de "tirador agazapado", colocados a una distancia de 15 Mts. de la línea de tiro, en un máximo de tiempo de UN (01)  minuto.
   b.   La evaluación de tiro se realizará utilizando CINCO (05) cartuchos.
   c.   La calificación aprobatoria se efectuará de acuerdo al detalle siguiente:
      


                             
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Puntaje y/o Impactos Mínimos:

                                             Personas Jurídicas   Personas Naturales
Blanco Internacional         15 puntos           02  impactos
Tirador Agazapado                 25 puntos           03   impactos

   d.   Los usuarios tendrán TRES (03) opciones con la misma solicitud de examen de tiro; en caso de salir desaprobado en la primera opción, éste podrá efectuar su segunda y tercera opción después de 24 horas y hasta el término de TREINTA (30) días calendarios. En los casos que no aprueben en la tercera oportunidad, el administrado podrá volver a rendir su examen después de 24 horas, previo pago de los derechos correspondientes, para la obtención de la licencia de posesión y uso inicial, renovación y/o transferencia y de conformidad a lo indicado en el párrafo anterior.
   e.   Los examinados, si lo desean, podrán apreciar sus impactos en el monitor, conforme vaya disparando, debiendo colocar primero el arma sobre la mesa delantera con el cañón apuntando hacia adelante.
   f.   Los  usuarios deberán efectuar el examen con sus respectivas armas; salvo que se trate de licencias iniciales en donde las armas están por obtenerse o en los que las armas estén internadas en la DICSCAMEC por diversos motivos, en cuyos casos la DICSCAMEC proporcionará las armas correspondientes.

02.   Para armas largas (escopetas y carabinas)
Se procederá de conformidad a lo establecido en el acápite VIII. A (Disposiciones Transitorias).      

F.   Los administrados serán desaprobados en el examen de manejo y tiro, cuando incurran en las causales siguientes:
   01.   No obtener el puntaje mínimo aprobatorio, establecido en el acápite V, literal

"E", numeral 1 de la presente Directiva.
   02.   Colocar SEIS (06) o más cartuchos en el cargador (pistola) o tambor (revolver).
   03.   Demostrar desconocimiento para abastecer, aprovisionar o cargar el arma que manipula.
   04.   Manipular el arma de fuego fuera de la línea de tiradores.
   05.   No respetar las instrucciones impartidas por el oficial de tiro.
   06.   Iniciar el examen de tiro realizando disparos fuera de la línea de fuego (techo, paredes, cabina, etc.) que puedan ocasionar accidentes o daños.
   07.   Visualizar sus disparos en el monitor sin colocar primero el arma sobre la mesa delantera con el cañón apuntando hacia adelante.

G.   Los administrados deberán de cumplir las instrucciones y medidas de seguridad que a continuación se detallan:
   01.   Respetar todas las instrucciones del oficial de tiro.
   02.   No manipular el arma injustificadamente.
   03.   Asegurar de que el arma no se encuentre cargada, abastecida o aprovisionada antes de ingresar al Polígono de Tiro o al retirarse de éste.
   04.   No apuntar a otra persona, así se considere que el arma se encuentra descargada.
   05.   Adoptar las acciones que a continuación se indican, cuando permanezca en la línea de tiradores:
      a.   Mantener siempre el arma apuntando hacia el blanco.
      b.   No voltear hacia atrás con su arma, o hacia los costados.
      c.   No conversar.
      d.   No colocar el dedo en el disparador (gatillo) hasta que no haya recibido la orden de "FUEGO".
      e.   No abandonar su posición hasta que se le indique lo contrario.

VI.   PROCEDIMIENTOS

La evaluación de los exámenes de manejo de armas de fuego y tiro, comprende los procedimientos  y responsabilidades siguientes:

A.   DE LA DICSCAMEC
  01.   Del  Jefe  del Polígono de Tiro ....

  02.   Del  Oficial  de Tiro
    a.   Designar las cabinas de tiro a los administrados.
    b.   Instruir a los administrados sobre las medidas de seguridad, manejo y uso de armas de fuego, en la línea de tiro.
    c.   Dirigir el examen de tiro.
    d.   Observar el comportamiento individual de los administrados, para detectar personas alteradas, nerviosas o con rasgos extraños que ameriten una intervención inmediata y especial, determinando si es necesario, la participación del asesor psicólogo de la DICSCAMEC.
    e.   Hacer conocer a los administrados que el personal encargado del polígono de tiro no lo capacitará o instruirá en el  uso del arma, sino que lo evaluará, y que por lo tanto los conocimientos y la práctica deberán ser adquiridos antes del examen.
    f.   Evitar colocarse delante de la línea de tiradores, sin adoptar las precauciones del caso.
    g.   Disponer la limpieza del arma, cuando en la diligencia de verificación de las mismas, se detecten cuerpos extraños, en especial en el cañón de las armas.
    h.   Realizar los registros respectivos sobre el resultado del examen en la solicitud presentada por el administrado.

03.   De los Auxiliares de Apoyo
    a.   Mantener operativo el sistema electrónico del polígono de tiro, efectuando el mantenimiento del mismo y comunicando oportunamente al Jefe del Polígono sobre las fallas que pudieran detectarse en el mismo.
    b.   Colaborar en el ordenamiento de los administrados antes de su ingreso a la sala de tiro.
    c.   Colaborar con el Oficial de Tiro en mantener el orden y disciplina de los administrados que esperan su turno para su examen dentro de la sala de tiro.
    d.   Colaborar con el Jefe de Polígono y Oficial de Tiro, en la labor de llenado de los libros y registros respectivos.

B.   DE LOS ADMINISTRADOS

Los administrados para rendir sus exámenes de manejo de armas de fuego y tiro deberán de tener en cuenta lo siguiente:

 01.   Adquirir, previa y oportunamente, los conocimientos mínimos necesarios, así como la práctica pertinente para manejar y usar las armas de fuego, munición y accesorios con los cuales dará el examen.
 02.   Pagar el derecho respectivo en el Banco de la Nación y recoger el formato de solicitud.
 03.   Presentar el comprobante de pago y la respectiva  solicitud en la Sub Dirección de Administración de Armas, en el área de verificación de armas.
 04.   Proceder a la toma digitalizada de foto.
 05.   Esperar la ejecución de examen.
 06.   Observar los procedimientos que a continuación se detallan, una vez ubicados en las cabinas de tiro:
     a.   Colocar el arma sobre la mesa de la cabina de tiro, a la espera de instrucciones para ejecutar el examen.
     b.   A la  voz de "ABASTECER" colocar los cinco (05) cartuchos en su cargador (para pistola), o en el tambor (si usa revólver), el tambor deberá quedar abierto.
     c.      A la voz de "APROVISIONAR", colocar el cargador en la pistola, o llevar el tambor del revólver a su posición de tiro.
     d.   A la voz de "ARMAR" accionar el conjunto móvil para introducir el primer cartucho en la recámara de la pistola, los que usen revólveres llevarán el "martillo" hacia atrás.
     e.   A la voz de "APUNTAR" dirigir el arma hacia el blanco.
     f.   A la voz de "FUEGO", ejecutar los cinco (05) disparos y colocarla en el tablero al término de las mismas.
     g.   A la voz de "SACAR LA CACERINA Y PREPARARSE PARA VERIFICAR", los que usan pistola retirar la cacerina y los que tienen revólver abatirán (abrirán) el tambor.
     h.   Retirar los casquillos (a los revólveres) y las cacerinas (de pistolas) de las armas, verificando que no quede alojado ningún cartucho en el tambor o recámara.
     i.   Guardar el arma a la disposición del instructor.
     j.   Verificar su puntaje en el monitor respectivo.

 07.   Cumplir con las siguientes recomendaciones, cuando se susciten incidentes de tiro, al momento del examen respectivo:
     a.   Seguir apuntando hacia el blanco.
     b.   Levantar uno de sus brazos para avisar al Oficial de Tiro del incidente.
     c.   No voltear, siempre dar frente al blanco, dejando el arma en el tablero.
     d.   No manipular el arma hasta que no haya pasado por lo menos 10 segundos, esperando que se acerque el oficial de tiro para supervisar la solución del incidente.
     e.   Sacar la cacerina (para pistolas) y verificar que no haya munición en la recámara; colocar nuevamente la cacerina, armar, apuntar y continuar el tiro. Si es que quedó munición en la recámara, solicitar instrucciones.
     f.   Abatir o abrir el tambor (para revólveres) y verificar que haya munición sin percutar, en ese caso volver el tambor a la posición de tiro y reiniciar el fuego. De existir munición que no haya sido percutada, solicitar instrucciones.

 08.   Firmar la solicitud de evaluación al término del examen.





VIII.   DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

  A.   El comprobante de Depósito del Banco de la Nación, sistema de recaudación vía teleproceso – rubro armas y munición, le da derecho, sin costo adicional,  a las personas naturales y jurídicas propietarios del arma de fuego, a una solicitud para los exámenes  de manejo de arma y tiro, así como de la provisión de cinco (05 ) cartuchos para su primera opción, según el Texto Unico de Procedimientos Administrativos.
  B.   El Oficial de Tiro, ante una eventualidad y/o incidente de tiro, por daños a la propiedad, lesiones o muerte de personas procederá de inmediato a poner en ejecución el Plan de Contingencia en la parte pertinente.
  C.   Las eventualidades y/o contingencias que ocurrieran durante el desarrollo de las evaluaciones, de inmediato deberán de ser hechas de conocimiento del Director General por el Jefe del Polígono bajo responsabilidad; así mismo, las comunicará al Oficial de Seguridad o de Permanencia para las acciones correspondientes.
  D.   Los administrados que realicen actos o provoquen accidentes o incidentes por una negligencia en el manejo del arma y/o incumpliendo las normas, instrucciones y recomendaciones contempladas en la presente Directiva, y, que den lugar a daños en la propiedad o la integridad física de las personas, se les responsabilizará de conformidad a lo prescrito en los dispositivos legales vigentes.
   E.   Los administrados que evidencien síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas no podrán iniciar su evaluación ni efectuar su examen de manejo y tiro.
   F.   Los Jefes Departamentales - DICSCAMEC y las Delegaciones Departamentales de Apoyo Policial a la DICSCAMEC a nivel nacional, darán cumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente Directiva, adaptándolas a la realidad y medios con los que cuenta, emitiendo el informe respectivo sobre las acciones adoptadas.
 


Servido Artemio.
amat victoria curam

RONNIE_GLOCK25

Ronnie Fernández                 
. / .

CZ99

CZ99 :.
Tirodefensivoperu.com :: Tirodefensivoperu.org

NIGHT HUNTER

Muchas gracias Amigo Viajero2008 , son estos aportes los que enrriquesen y engrandecen , la cultura de nosotros lo Foristas quienes buscamos aqui la mayor informacion posible para poder aclarar nuestras dudas con respecto al mundo responsable y Legal del uso y manejo de Armas de Fuego.

                                                                                                   NIGHT HUNTER
לילה האנטר   TDP-Zona Norte

LeinadMR


asesorum

muchas gracias, ya no tendremos que estar preguntando a todo el mundo cual es el procedimiento.
Aprende a vivir y sabrás morir bien.

elchacal

Cita de: asesorum en 28 de Octubre de 2010, 12:46:55 PM
muchas gracias, ya no tendremos que estar preguntando a todo el mundo cual es el procedimiento.

Ja, ja, ja...y lo peor que al final ni siquiera te den respuesta..o peor te dan una incorrecta o erronea......vaya uno a saber.
"Pocos ven lo que somos realmente, pero todos ven lo que aparentamos"

viajero2008

Gracias chacal por hacer que el tema sea mas fácil de leer al estar ordenado y presentable.
amat victoria curam

rreyese78



Josh Lou

Muchas gracias por la informacion!!! Pregunta: para carabinas y rifles tambien se da examen de tiro?
Slds
Jose Luis

RONNIE_GLOCK25

Cita de: Josh Lou en 11 de Noviembre de 2011, 12:49:06 AM
Muchas gracias por la informacion!!! Pregunta: para carabinas y rifles tambien se da examen de tiro?

no , no hay poligono para armas largas , toman examen oral de las partes y funcionamiento de dichas armas
Ronnie Fernández                 
. / .

Josh Lou

Mil Gracias Ronnie_Glock25, quedo mas tranquilo por que por lo q voy averiguando, el tramite para rifles y caza deprotiva es mas facil que para armas de defensa personal.

Abrazo
JL
Slds
Jose Luis

KIL

Buen dato,
La hice valer en el examen (se sorprendieron)
...ESTAN DEMORANDO EN ENTREGAR LAS LICENCIAS VERDAD?

HKID

Entonces las preguntas:
Cuanto pesa tu arma?
y con balas?
Cual es el material con el cual esta hecho tu arma, plastico, que tipo de plastico?
La composicion de la bala
cual es la velocidad de la bala?
En que pais hacen la pistola?

Todos estos abusrdos, segun veo en la ley, estan fuera de lugar, por lo tanto, es un abuso, e incluso podria una persona reclamar en Indecopi